Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3789

AMPLÍA el plazo previsto en el Art. 4) de la Ordenanza Nº 3746/12, por el término de seis meses

ARTICULO 1º: ORDENANZA Nº 3789 Art. 1).- AMPLÍASE el plazo previsto en el Art. 4) de la Ordenanza Nº 3746/12, por el término de seis meses, contados a partir de la promulgación de la presente.

ARTICULO 2º: Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Modifica a : Ordenanza Nº 3746 Artículo Nº 004

FIRMANTES :

CAMMISI CRISTIAN RICARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 30 de Diciembre de 2013


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