Ordenanza Nº 2800
Prorroga pago T.G.I. hasta el primer día hábil inmediato posterior al cobro de los haberes para los beneficiarios de los regímenes jubilatorios.
ARTICULO 1º: Art. 1).-PRORRÓGASE hasta el primer día hábil inmediato posterior al cobro de los haberes el pago de la Tasa General de Inmuebles, Riego o Barrido y mantenimiento de Alumbrado Público, para los beneficiarios de los regímenes jubilatorios, con la solo presentación del recibo de cobro ante la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Esperanza.-
ARTICULO 2º: Art. 2).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
FIRMANTES :
MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 8 de Marzo de 1990