Ordenanza Nº 3152
Modifica Art. 4) inc b) PAGO FINANCIADO de la Ordenanza Nº 3145/96
ARTICULO 1º: Art. 1).-MODIFÍCASE el Art. 4) inc b) PAGO FINANCIADO de la Ordenanza Nº 3145/96 el que quedará redactado de la siguiente manera: "b) PAGO FINANCIADO: Estarán comprendidos dentro de este plan de pago los frentistas "que abonaren las mejoras así: "El costo según liquidación será abonado en 20 cuotas mensuales, consecutivas, sin "intereses, las que se irán determinando mensualmente, ajustándolas de acuerdo a las "variaciones reales de los distintos factores que integran el costo. "En los casos en que algún frentista desee abonar cuotas adelantadas, el Departamento "Ejecutivo podrá aceptarlas afectándolas a las últimas cuotas del plan de quien realice la "opción. En todos los casos en que se anticipen cuotas, éstas ingresarán al precio vigente al "momento del pago."
ARTICULO 2º: Art. 2).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Modifica a : Ordenanza Nº 3145 Artículo Nº 004
FIRMANTES :
GASTALDI ROQUE JUAN ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 10 de Abril de 1997