Ordenanza Nº 3327
MODIFICA el Art. 3) de la Ordenanza Nº 3238/99 Ref. Dirección Tránsito de Calles.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-MODIFÍCASE el Art. 3) de la Ordenanza Nº 3238/99, según texto conferido por las Ordenanzas 3243/99 y 3296/00, agregándose lo siguiente; "Art. 3) -ESTABLÉCESE como DIRECCIÓN en el TRÁNSITO en todas las calles de "la ciudad, la siguiente: "De Doble Dirección: ...; 98- Chacabuco: entre 115 Bis- Hipólito Irigoyen y 117 Bis- "Lisandro de la Torre, como también entre 121- Maipú y 125- Rafaela; 117 Bis- Lisandro "de la Torre. "Dirección única: de Norte a Sur: 115 Bis- Hipólito Irigoyen "Las calles de tierra serán de doble sentido de circulación".
ARTICULO 2º: Art. 2).-Las nuevas direcciones en el tránsito serán de aplicación progresiva, con un plazo máximo de plena vigencia, que no deberá exceder los 30 días corridos.
ARTICULO 3º: Art. 3).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Modifica a : Ordenanza Nº 3238 Artículo Nº 003
FIRMANTES :
CATENA CARLOS ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 4 de Abril de 2002