Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3809

Obligación de venta conjunta del motovehículo con su casco reglamentario y su Decreto Reglamentario Nº 4.300/13

ARTICULO 1º: ORDENANZA Nº 3809 Art. 1).- ADHIÉRESE la MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA a la Ley Provincial Nº 13.016/09 "Obligación de venta conjunta del motovehículo con su casco reglamentario" y su Decreto Reglamentario Nº 4.300/13, a los fines de cumplimentar el contenido y los objetivos establecidos por la misma.

ARTICULO 2º: Art. 2).- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenio con la Agencia Provincial de Seguridad Vial, a efectos de poder actuar como autoridad de contralor y fiscalización, así como para la percepción de las multas previstas en la Ley Nº 13.016/09.

ARTICULO 3º: Art. 3).- COMUNÍQUESE la presente adhesión a la Provincia de Santa Fe con el objetivo de lograr la uniformidad normativa a nivel provincial, que garantice una eficaz seguridad jurídica en un tema de gran trascendencia en la actualidad.

ARTICULO 4º: Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

FIRMANTES :

CAMMISI CRISTIAN RICARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 8 de Mayo de 2014


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