
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3330
DEROGA el inciso i) del Art. 9) de la Ordenanza Nº 2203/78.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-DERÓGASE el inciso i) del Art. 9) de la Ordenanza Nº 2203/78, según texto conferido por la Ordenanza Nº 2296/79, Art. 1) que también queda derogado.
ARTICULO 2º: Art. 2).-MODIFÍCASE el Art. 16) del Capítulo VIII -De las Remuneraciones-, según texto conferido por el Art. 1) de la Ordenanza Nº 2552/84, en lo que hace a la remuneración del Director, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 16).- Los sueldos o jornales serán establecidos por las siguientes categorías:
"DIRECTOR: Base Categoría 21: 70 % por atención de la banda de Música.
"SUBDIRECTOR: ...."
El texto que continúa se mantiene vigente.
ARTICULO 3º: Art. 3).- DERÓGASE el Capítulo XIX - DE LA ESCUELA DE MÚSICA - Ordenanza 2203/78, Arts. 42) a 53), según texto conferido por el Art. 3) de la Ordenanza 2296/79, que también se deroga.
ARTICULO 4º: Art. 4).-RECTIFÍCASE la numeración de los Arts. 54) y 55) de la Ordenanza Nº 2203/78, por los números 42) y 43).-
ARTICULO 5º: Art. 5).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :