Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3618

Operatoria Vivienda en Lote Propio, Plan 8468, flia. GUSTAVO PICCIOCHI Y MELINA PEIROTTI.

ARTICULO 1º: Art. 1).- AUTORÍZASE a la Intendente Municipal Sra. ANA MARIA MEINERS, L.C. Nº 5.694.795 y al Secretario de Hacienda NÉSTOR SANTIAGO RUBEN, D.N.I. Nº 11.398.908 a suscribir el contrato de obra pública respectivo con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, Operatoria Vivienda en Lote Propio, Plan 8468: - Prototipo "V.E. 2D cl" (vivienda evolutiva, dos dormitorios, cocina lateral) familia GUSTAVO PICCIOCHI Y MELINA PEIROTTI. (105- Rivadavia 4251).

ARTICULO 2º: Art. 2).-AMPLÍASE el importe del préstamo acordado por Resolución Nº 0835/07 y las modificatorias Resoluciones Nros. 1653/08 y 0994/09, para el servicio financiero y ampliación de garantías hipotecarias, en la suma de $ 7.754,63.-, ajustando el monto contractual a la suma total de $ 71.624,63.-, (pesos setenta y un mil seiscientos veinticuatro con sesenta y tres centavos), en el marco del Programa FONAVI - Subprograma "Ejecución de Viviendas individuales en Lotes Propios" - Plan 8468.

ARTICULO 3º: Art. 3).-ADHIÉRASE la Municipalidad Esperanza al sistema creado por Decreto Provincial Nº 1698/84 ratificado por Nº 1007/85, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra pública a suscribir con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

ARTICULO 4º: Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

FIRMANTES :

DE PACE RAFAEL ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 21 de Octubre de 2010


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