
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 2541
PRESUPUESTO GENERAL 1984.-
ARTICULO 1º: Art. 1º).-FÍJASE en la suma de Ciento ochenta y ocho millones trescientos setenta y tres mil doscientos ochenta y dos pesos argentinos ($a 188.373.282) el TOTAL DE EROGACIONES del PRESUPUESTO GENERAL de la ADMINISTRACIÓN MUNICI PAL para 1984, conforme con el siguiente resumen y el detalle que para cada caso figura en las planillas anexas, formando parte del mismo.-
RESUMEN DE EROGACIONES
Total Administración Total Organismo
Consolidado Central p/ Descentralizado
Consolidar p/ consolidar
(C.M.P.S.)
EROGACIONES CORRIENTES 146.734.278 128.335.000 18.339.278
Operación
Personal 88.319.039 88.000.000. 319.039
Bienes y Servicios no
Personales 32.377.000 32.377.000
Intereses de la Deuda 565.000 565.000
Transferencias 7.393.000 7.393.000
A Clasificar 18.080.239 18.080.239
EROGACIONES DE CAPITAL 36.825.000 36.755.000 70.000
Inversión Real
Bienes de Capital 7.480.000 7.455.000 25.000
Trabajos Pcos. 28.970.000 28.970.000
Bienes Preexist. 330.000 330.000
Inversión Financiera
Préstamos 45.000 45.000
OTRAS EROGACIONES 4.814.004 4.600.000 214.004
Amortización de la Deuda
Pública 50.000 50.000
Amortización de Otras Deudas 50.000 50.000
Exptes. Ejercicios Anteriores 4.714.004 4.500.000 214.004
TOTAL 188.373.282 169.690.000 18.683.282
ARTICULO 2º: Art. 2º).-ESTIMASE en la suma de CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ARGENTINOS ($a 188.373.282.-) el CALCULO de RECURSOS destinado a atender las erogaciones a que se refiere el art. 1º), de acuerdo con la distribución que se indica a continuación (y al detalle que figura en planillas anexas que formar parte integrante de la presente Ordenanza).-
RESUMEN DE RECURSOS
Total Administración Total Organismo
Consolidado Central p/ Descentralizado Consolidar p/ consolidar
(C.M.P.S.)
RECURSOS CORRIENTES 138.975.000 120.850.000 18.125.000
DE JURISDICCION PROPIA 67.479.000 59.354.000 18.125.000
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO
Tasas y Derechos 43.793.000 43.793.000
CONTRIBUCION DE MEJORAS 550.000 550.000
NO TRIBUTARIOS DEL EJERC.29.590.000 11.465.000 18.125.000
TRIBUTARIOS EJERCICIOS ANT. 3.546.000 3.546.000
DE OTRAS JURISDICCIONES 81.496.000 81.496.000
Copartic. IMPTOS. NAC. Y PROVINCIALES
73.546.000
73.546.000
COPARTICIPACION COMUNAL 700.000 700.000
FINANCIACION SUSTITUTIVA 7.000.000 7.000.000
OBRAS JUZGADO DE PAZ 150.000 150.000
Ministerio de EDUC.FONDO NACIONAL DE LAS ARTES 100.000 100.000
RECURSOS DE CAPITAL 26.555.000 26.530.000 25.000
REEMBOLSO DE PRESTAMOS 55.000 30.000 25.000
VENTA DE ACTIVO FIJO 30.000 300.000
RECUPERO OBRAS A CARGO DE TERCEROS 26.200.000 26.200.000
TOTAL FINANCIAMIENTO 2.843.282 2.310.000 533.282
APORTES NO REINTEGRABLES 1.000.000 1.000.000
DISPONIBILIDAD EJERCICIO ANT. 1.843.282 1.310.000 533.282
TOTAL 188.373.282 169.690.000 18.683.282
ARTICULO 3º: Art. 3º).-FÍJASE en 274 (doscientos setenta y cuatro) el número de cargos de la PLANTA TOTAL DE PERSONAL MUNICIPAL, discriminados así:
229 (doscientos veintinueve) correspondientes al personal que se desempeña en las diversas tareas propias del Municipio;
20 (veinte) como personal docente del Liceo Municipal que totalizan 184 (ciento ochenta y cuatro) horas de cátedras semanales; 1 (uno) como Director de ese organismo y 24 (veinticuatro) como personal que integra la Banda Municipal. A su vez fíjase en 31 (treinta y uno) el número de cargos del personal temporario y contratado, según el siguiente detalle: 6 (seis) como personal de Jardines de Infantes que se desempeñan en las escuelas provinciales y 25 (veinticinco) el número de cargos del Personal temporario y contratado;
FIJASE en 7 el número de cargos del Concejo Municipal: 6 (seis) Concejales y 1 (un) Secretario.-
ARTICULO 4º: Art. 4º).-Las erogaciones a atenderse con los fondos de rentas especiales, deberán ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras recaudadas o cuya recaudación esté material y legalmente asegurada dentro del ejercicio.-
ARTICULO 5º: Art. 5º).-La disposición de la Partida Nº 02 - 15 del Rubro 04 Transferencias "Empresa Nacional de Correos y Telecomunicaciones", deberá ser efectivizada únicamente, contra la firma de un convenio de contraprestación entre la citada Empresa y la Municipalidad que determine la obligación por parte de la Empresa de la refacción adecuada del Edificio donde desenvuelve su actividad, y la cesión en comodato al Municipio de un sector del mismo.
ARTICULO 6º: Art. 6º).- El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la aplicación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 7º: Art. 7º).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :