Ordenanza Nº 3790
PRORRÓGA por el término de 180 días corridos, el plazo previsto en el inc. c) del Art. 2) de la Ordenanza N° 3686/12
ARTICULO 1º: ORDENANZA Nº 3790 Art. 1).- PRORRÓGASE por el término de 180 días corridos, el plazo previsto en el inc. c) del Art. 2) de la Ordenanza N° 3686/12.
ARTICULO 2º: Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Deroga por : Ordenanza Nº 3848
Deroga por : Ordenanza Nº 3796
Deroga por : Ordenanza Nº 3836
FIRMANTES :
CAMMISI CRISTIAN RICARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 30 de Diciembre de 2013