Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3902

MODIFÍCASE el ítem "1) Carátula" del inciso "a" del PUNTO 2.1.6. CAPÍTULO II - de la Ordenanza Nº 2382/82 Reglamento General de Edificación, modificado por Ordenanza Nº 2631/86

ARTICULO 1º: Art. 1).-MODIFÍCASE el ítem "1) Carátula" del inciso "a" del PUNTO 2.1.6. CAPÍTULO II - de la Ordenanza Nº 2382/82 Reglamento General de Edificación, modificado por Ordenanza Nº 2631/86, el que quedará redactado de la siguiente manera: 2.1.6. PLANOS DE OBRAS: a-Elementos que lo integran: 1) Carátula: su formato será de 297 por 175 mm estará ubicada en el ángulo inferior derecho de plano y contendrá la nomenclatura catastral, nombre del propietario, nombre y número de la calle, número domiciliario, balance de superficies, croquis de ubicación del terreno, firma y domicilio legal del propietario, firma y domicilio legal de los profesionales intervinientes en el proyecto, cálculo, dirección de obra y conducción técnica y/o relevamiento, indicación de si se trata de plano de construcción o de ampliación, reforma, demolición, regularización, etc. y tipo de edificios. El Croquis de ubicación señalará la ubicación del predio dentro de la manzana, número de ésta, ancho de la calle y vereda, nombres y números de las calles circundantes, dimensiones lineales y superficie del terreno, según título y según mensura y distancia a las dos esquinas. El punto cardinal Norte deberá estar señalado y orientado hacia la parte superior del croquis. (Ver gráfico N° 1). Casos Particulares de la Firma de Propietarios y/o Poseedores: I) Caso particular que no sepa o no pueda firmar: deberá presentarse en la Secretaría de Obras Públicas y colocar la impresión digital debidamente certificada por el Jefe del Área y/o quien éste designe en su ausencia. II) Caso particular cuando el inmueble se adquiere por remate: deberá estar suscripto por quien tomó posesión del inmueble en el remate o sus cesionarios si los hubiese. Se debe adjuntar copia del Acta de Remate Aprobada judicialmente y en las observaciones del plano de edificación deberá constar fecha de toma de posesión y adquirente del inmueble, como asimismo fecha de aprobación de cesión si las hubiese. III) Casos particulares sobre menores de edad o incapaces: deberá estar suscripto por el padre y/o madre, tutor, o curador. En el plano de edificación deberá constar el nombre del menor. IV) Caso particular de fallecimiento del propietario: a) Fallecido sin inicio de trámite sucesorio: no da lugar a la presentación del plano de edificación. b) Trámite sucesorio iniciado y con sentencia de Declaratoria sin inscripción de la misma: El plano de edificación llevará como titular el fallecido y en observaciones se deberá aclarar los datos de la Declaratoria y quienes son los herederos, debiendo firmar el plano estos últimos. Cuando algún heredero declarado cede Derechos y Acciones, esto se deberá dejar aclarado en observaciones del citado plano. V) Caso particular de tramitación por Apoderado: El Poder será suficiente si del mismo se desprende la habilitación para realizar actos de disposición. Para el supuesto de Poderes otorgados solamente para actos de administración, será necesario que taxativamente se exprese la facultad de regularizar planos de edificación, construcción o demolición. En las observaciones se registrará: Nº de escritura y datos del escribano. VI) Caso particular de Personas Jurídicas: Deberá presentarse copia del Acta Constitutiva, Estatuto, última designación de autoridades y/o Personería Jurídica. El plano de edificación deberá ser firmado por quienes acrediten la representación de la misma. En observaciones se colocarán las notas marginales que correspondan. VII) Caso particular de Nuda Propiedad: El plano de edificación deberá llevar la firma de los titulares del Dominio y de los Usufructuarios.

ARTICULO 2º: Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Modifica a : Ordenanza Nº 2631

FIRMANTES :

CAMMISI CRISTIAN RICARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 15 de Septiembre de 2016


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