
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3201
Creación de la Comisión de Control y Gestión para las instrumentar Catalogación de los hechos e hitos urbanos y arquitectónicos existente en la ciudad y la región.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a desarrollar la acción de Análisis Diagnóstico y posterior Enunciación y Catalogación de los hechos e hitos urbanos y arquitectónicos, como así también todo hecho referencial urbano existente en la ciudad y la región, conformante de nuestra memoria colectiva, por pertenecer al fenómeno patrimonial y cultural de nuestra sociedad.
ARTICULO 2º: Art. 2).-AUTORÍZASE la creación de la Comisión de Control y Gestión para las instrumentaciones de las diferentes mecánicas de este proceso.
ARTICULO 3º: Art. 3).-AUTORÍZASE la impresión de un catálogo con toso los estudios, análisis y diagnósticos realizados y con la publicación de todas las obras referidas a esta problemática.
ARTICULO 4º: Art. 4).-AUTORÍZASE las campañas publicitarias referidas a esta temática, como así también todos aquellos hechos que mejoren la correspondiente información pública.
ARTICULO 5º: Art. 5).-AUTORÍZANSE las distintas erogaciones económicas por cada etapa, con la correspondiente argumentación de la partida presupuestaria y de acuerdo al cronograma establecido por las diferentes etapas para los estudios respectivos.
ARTICULO 6º: Art. 6).-AUTORÍZASE el correspondiente estudio del marco legal, pertinente con el objeto de redactar las premisas básicas para todo el accionar de la implementación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 7º: Art. 7).-AUTORÍZASE la correspondiente instrumentación del sistema a utilizar para la contratación del equipo profesional para coordinar las tareas respectivas, como así también la firma de convenios con la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Nacional del Litoral y Universidad Católica de Santa Fe y el llamado a concurso para la selección de los coordinadores respectivos.
ARTICULO 8º: Art. 8).-AUTORÍZASE la convocatoria a todos los estudiantes de arquitectura de ambas facultades (UNL - UCSF), por el sistema de pasantías con el objeto de participar en las distintas etapas de elaboración de los informes acerca de la instrumentación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 9º: Art. 9).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
FIRMANTES :