Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3435

Agrega punto b) al ítem 2.2.) del inciso 2) VIVIENDA BIFAMILIAR, e ítem 3.4.) al inciso 3) VIVIENDA COLECTIVA Y/O MULTIFAMILIAR del Artículo 1) de la Ordenanza Nº 3260/00.-

ARTICULO 1º: Art. 1).- AGRÉGASE al ítem 2.2.) del inciso 2) VIVIENDA BIFAMILIAR del Artículo 1 de la Ordenanza Nº 3260/00, el punto b), según el texto que sigue: "2.2. b) Las parcelas /lotes ubicados en el Distrito C1 y en los sectores comprendidos entre calles Belgrano, Berutti y Sarmiento, ambos frentes, y entre calles Belgrano, Castelli y Sarmiento, ambos frentes."

ARTICULO 2º: Art. 2).-AGRÉGASE al inciso 3) VIVIENDA COLECTIVA Y/O MULTIFAMILIAR del Artículo 1) de la Ordenanza Nº 3260/00, el ítem 3.4.), según el texto que sigue: "3.4.) Quedan excluidos del cumplimiento de lo establecido en el ítem 3.1. de la presente, los edificios para viviendas colectivas y/o multifamiliares hasta 4 (cuatro) unidades en un mismo predio o lote y que se encuentren ubicados en el Distrito C1, y en los sectores comprendidos entre calles Belgrano, Berutti y Sarmiento, ambos frentes, y entre calles Belgrano, Castelli y Sarmiento, ambos frentes."

ARTICULO 3º: Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

Modifica a : Ordenanza Nº 3260 Artículo Nº 001

FIRMANTES :

COPES ANA ISABEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 9 de Junio de 2005


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