Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2576

Modifica art. 4º de la Ordenanza Nº 1865/73

ARTICULO 1º: Art. 1º).-MODIFICASE el art. 4º de la Ordenanza Nº 1865/73, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 4º).- Los propietarios o concesionarios de salas cinematográficas, o locales de venta que no se encuadren en las condiciones establecidas en los artículos 1º, 2º y 3º de la presente Ordenanza, se harán pasibles de una multa equivalente a 1 (un) UF la primera vez, 2 (dos) UF la segunda vez, y en caso de reincidencia, la clausura temporaria o total del local.-"

ARTICULO 2º: Art. 2º).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

FIRMANTES :

MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 4 de Junio de 1985


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