Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2714

Deroga ORDENANZA Nº 2520/84 y sus MODIFICATORIAS, ORDENANZAS Nros. 2578/85 y 2580/85

ARTICULO 1º: Art. 1).-DERÓGASE la ORDENANZA Nº 2520/84 y sus MODIFICATORIAS, ORDENANZAS Nros. 2578/85 y 2580/85.-

Modifica por : Ordenanza Nº 2842

ARTICULO 2º: Art. 2).-A partir de la promulgación de la presente, por las infracciones que se cometan a lo dispuesto en el Decreto-Ordenanza Nº 1398/71, Ordenanza Nº 2382 -Reglamento de Edificación-, Ordenanza Nº 2467/83 -Aguas Servidas-, Ordenanza Nº 712/50, Ley Nacional Nº 13893/45 y Ley Provincial Nº 8232/79 y sus modificatorias, se establecen las siguientes multas, de acuerdo al siguiente método de cálculo: (Modificado por Art. 2) de la Ordenanza Nº 2739/88) a) Se utilizará una unidad fija que se denominará U.F. equivalente al precio de venta al público de 10 (DIEZ) litros de gas-oil.- b) En la sentencia el monto de la multa se determinará por U.F. y se abonará su equivalente en dinero, al momento de hacerse el efectivo pago.- A PROHIBICIONES DEL CONDUCTOR (Modificado por Art. 1) de la Ord. Nº 2842) U.F. 1 -Conducir siendo menor. Cabe retención del vehículo para su posterior entrega al propietario o titular..................5 2 -Conducir estando inhabilitado para ello..................5 3 -Conducir en estado de ebriedad o alteración psíquica (cabe la retención del vehículo para su posterior entrega).......15 4 -Conducir sin licencia de conductor.......................5 5 -Conducir con licencia de conductor caduca................3,5 6 -Conducir con licencia de conductor no correspondiente a la categoría...................................................1 7 -Conducir sin licencia de conductor aunque tuviere........1 8 -Conducir con licencia ajena o facilitar la propia para hacerlo....................................................18 9 -Conducir con licencia de conductor adulterada.................................................18 10 -Conducir llevando niños ante el volante.................2,5 11 -Conducir abrazando a otra persona o en forma tal que dificulte el normal y cómodo accionar.......................2,5 12 -Conducir con una sola mano..............................2,5 13 -No acatar las indicaciones del agente o Inspector de Tránsito....................................................9 14 -Conducir sin lentes, cuando así lo exija la licencia....2,5 15 -Conducir sin la documentación necesaria.................2,5 B -DEL VEHÍCULO (Modificado por Art. 1) de la Ord. Nº 2842/91) 16 -Adulterar chapas patentes..............................18 17 -Poseer las chapas patentes ocultas por parte de la carrocería o carga, sucias o no legibles ...................2,5 18 -Falta de una o ambas patentes: a)Automotores...............................................3 b) Bicicletas...............................................1 19 -Circular con vehículo no patentado de acuerdo con las normas vigentes.............................................5 20 -Circular con frenos en mal estado.......................5 21 -Circular con vehículo con carrocerías deficientes, peligrosas o con salientes y/o cargas peligrosas............5 22 -Circular con vehículos que excedan las siguientes medidas: ancho: 250 cm.; alto: 410 cm................................5 23 -Falta de plaqueta identificatoria de acuerdo con el lugar de radicación...............................................1 24 -El uso permanente de enganches, pernos o acoples para trailers, acoplados, remolques de cualquier tipo, que sobresalgan de la línea de paragolpes o de la línea que une las uñaso defensas..............................................6 25 -Circular con chapas patentes de otros vehículos........18 26 -Falta de uno o ambos paragolpes.........................6 27 -Falta del aparato o dispositivo que permite mantener la buena visibilidad, manteniendo limpio el parabrisas.........1 28 -No haber denunciado la venta o cesión del vehículo......1 29 -Falta del aparato sonoro o bocina que permita llamar la atención en caso de fuerza mayor............................1 30 -Falta de espejo retrovisor..............................1 C - DE LA CIRCULACIÓN Y MANIOBRAS (Modificado por Art. 1) de la Ord. Nº 2842) 31 -No conservar la derecha.................................5 32 -Adelantarse a otro vehículo por la derecha..............5 33 -Circular a baja velocidad...............................2,5 34 -Circular a velocidad excesiva..........................15 35 -Frenar bruscamente, sin prevención......................2,5 36 -Disputar carreras en la vía publica....................18 37 -No respetar las indicaciones de los semáforos..........20 38 -No ceder paso a coches ambulancias, policía o bomberos..5 39 -Circular en contramano.................................10 40 -Circular en contramano en bicicletas....................1 41 -Interrumpir o cortar filas de escolares, procesiones, desfiles, cortejos fúnebres, etc............................2,5 42 -Girar a la izquierda en lugar prohibido (semáforos).................................................5 43 -Retomar por avenidas y calles de doble mano. Girar en "U".........................................................2,5 44 -Obstruir el paso al vehículo que tenga libre la franja de circulación.................................................4 45 -Girar en contramano.....................................4 46 -No respetar las sendas peatonales, líneas de frenado o banda de detención..........................................2,5 47 -No dar prioridad de paso, avance o maniobra lícita a todo vehículo que se aproxime por la derecha.....................2,5 48 -Circular con vehículo destinado al transporte de ganado sin higienizar..................................................5 49 -Conducción peligrosa....................................5 50 -Violar lugar y hora para carga o descarga...............4 51 -Efectuar maniobras sin realizar señales manuales y/o mecánicas...................................................2,5 52 -Circular transportando a personas en forma indebida.....2,5 53 -Acelerar cuando otro vehículo se adelante correctamente.4 54 -Adelantarse a otro vehículo en bocacalles o vías férreas.....................................................4 55 -Cambiar la dirección sin prevención.....................2,5 56 -No respetar las señales: "PARE", "CEDA EL PASO", "PRECAUCIÓN", etc...........................................3 57 -Salir a la vía publica sin prevención...................2,5 58 -Adelantarse a otro vehículo que hace la misma maniobra..2,5 59 -Circular sin luces reglamentarias: a) Automotores..............................................5 b) Bicicletas...............................................1 60 -Circular con luz de largo alcance.......................2,5 61 -Accionar en las esquinas las luces de alcance largo (se harán guiñadas con las luces de alcance medio)..............2,5 62 -Accionar la bocina después de las 22 hs. para llamar la atención....................................................5 63 - Girar sin haber ocupado por lo menos 30 metros antes el lado correspondiente al giro................................2,5 16 -Circular con vehículo de tracción a sangre, en radio prohibido...................................................4 17 -Circular con vehículos por la acera: a) Automotores.............................................18 b) Motocicletas.............................................8 c) Bicicletas...............................................1 66 -Circular no cubriendo con lonas, tapas, las cargas de arena, pasto, ladrillos, mezcla, tierra, etc. evitando diseminación en el aire o suelo.............................5 67 -Circular con exceso de peso en los lugares debidamente señalados con indicación de carga máxima...................15 68 -Circular con rodados de dos o tres ruedas, en forma que no sea "fila india", de uno en fondo...........................2,5 69 -Circular en días de lluvia o después de ella, por los caminos de tierra urbanos, no habiendo dejado transcurrir el tiempo establecido en el Decreto-Ordenanza Nº 1398, corriendo además por cuenta del infractor los gastos de reparación de los caminos dañados............................................10 70 -Circular sin precaución, salpicando con agua pluvial residual a quien se desplace por la vía publica o acera.....2,5 71 -No respetar los limites de velocidad fijados o señalizados.................................................6 72 -Estacionar en ochavas. A menos de cinco metros de la línea de edificación municipal....................................6 73 -Estacionar en lugares destinados para el ascenso y descenso de pasajeros, de los vehículos de servicio público de transporte..................................................2,5 74 -Estacionar a menos de 30 metros de cada lado de los pasos ferroviarios a nivel........................................2,5 75 -Estacionar a menos de cinco metros de cada lado de las entradas a templos en horas en que se celebran oficios o ceremonias, a hospitales, dispensarios y sanatorios, entradas a escuelas, colegios, facultades, en horas de clases; entradas de salas o lugares de espectáculos públicos, mientras se realicen funciones, entradas de Bancos habilitados; entradas de hoteles; entradas de surtidores de combustibles; entradas de edificios donde funcionan cuarteles o cuerpos de policía o bomberos...2,5 76 -Estacionar frente a cocheras, garajes, salidas de vehículos, cuando están habilitados.........................5 77 -Estacionar a mas de 30 centímetros de la acera..........2,5 78 -Estacionar en lugares prohibidos, debidamente señalizados.................................................4 79 -Estacionar a menos de 30 centímetros entre vehículos o empujar hacia adelante o hacia atrás a los vehículos ya estacionados correctamente..................................2,5 80 -Estacionar sobre la acera, total o parcialmente: a) Vehículos automotores (excepto motonetas y motocicletas) o de tracción a sangre........................................5 b) Bicicletas, motonetas y motocicletas.....................1 Quedan excluidos los casos en que el estacionamiento de bicicletas se efectúen en artefactos habilitados por la Municipalidad para tal fin.- 81 -Estacionar fuera de boxes...............................1 82 -Estacionar sobre cunetas, canteros, sendas peatonales...3 83 -Estacionar obstruyendo el transito (en caso de fuerza mayor o desperfectos mecánicos, el conductor o propietario debe extremar las medidas tendientes a evitar la obstrucción)....2,5 84 - Estacionar a menos de cinco metros de semáforos o líneas de frenado..................................................2,5 16 -Estacionamiento de transporte pesado en horarios y lugares prohibidos, como la circulación por lugares prohibidos y señalizados.(Modificado por Art. 3) de la Ordenanza Nº 2759/89) ............................................................6 17 -Estacionar en doble fila................................5 18 -Estacionar no respetando las franquicias concedidas.....4 19 -Estacionar para tomar o dejar pasajeros, fuera de la acera derecha o sobre el borde derecho de la carretera...................................................5 20 -Estacionar en contramano o sobre mano que no corresponda: a) Vehículos automotores (excepto motonetas y motocicletas) o de tracción a sangre........................................5 b) Bicicletas, motonetas y motocicletas.....................1 90 -Estacionar camiones con o sin acoplados, en horas nocturnas, de iluminación deficiente o cuando las condiciones meteorológicas lo exijan, sin luces de posición adelante y atrás.......................................................5 91 -Estacionar o circular camiones cargados de hacienda, cueros o materiales que despidan olor en radio prohibido...........7 92 -Estacionar en radio pavimentado carros y chatas pertenecientes a carreros que efectúen fletes en la ciudad (salvo para carga o descarga)...............................3 CH -DE LA VÍA PUBLICA (Modificado por Art. 1) de la Ord. Nº 2842) 93 -Lavado de vehículos, muebles o aparatos en la vía publica o acera mediante el uso de mangueras o con exceso de agua.....3 94 -Ocupar la vía publica o acera, por más tiempo que el demandado por la rápida carga o descarga....................3 95 -Reparación habitual de vehículos en al vía pública o acera, fuera de accidentes ocurridos en el lugar y el trabajo que demande la unidad para ser removida.........................5 96 -Reparación de cámaras o cubiertas (trabajos de gomeria) en aceras (Ordenanza Nº 2170) .................................2,5 97 -Arrojar o extender materiales o mezclas preparadas sobre la vía publicas, aceras o lugares no permitidos, por metro cuadrado de superficie y por día, previa intimación de la Dirección de Policial responsable, para el retiro del material en el termino de 48 horas...................................2,5 98 -Abandonar vehículos en la vía publica, serán trasladados a dependencias oficiales con gastos a cargo del titular.......5 99 -Arrojar aguas en aceras y vía publica en horas y días no permitidos..................................................3 100 -Destrucción intencional de señales, chapas indicatorias, pavimentos, cunetas, pasos, calzadas, arboledas, obras de arte, desagües, alcantarillas, etc. corriendo por cuenta del infractor los gastos de reparación..........................6 101 -Uso de escapes defectuosos o exceso de humo o gases provenientes de la combustión...............................5 102 -Uso de escape sin silenciador..........................8 103 -Propalar música en horas no permitidas o con elevada intensidad de volumen.......................................8 104 -Por falta de valla correspondiente, según lo establecido en 4.1.1. de la Ordenanza Nº 2382 - Reglamento de Edificación -, previa intimación al responsable por parte de la Dirección de Obras y Servicios Públicos para construirla en el término de 20 días corridos, por metro lineal.........................2 Por cada día de infracción que transcurra se aplicara el 20 % de recargo no acumulativo.- D -DE LOS ANIMALES SUELTOS (Modificado por Art. 1) de la Ord. Nº 2842) 105 -El propietario de animales sueltos en el ejido de la ciudad, abonará una multa, por animal, de .................1 El infractor deberá además abonar los gastos de cuidado, mantención y traslado del animal, según estimación que efectuará la oficina competente. 106 -Por transgresión al Decreto-Ordenanza 1165 "Profilaxis de la Rabia, Circulación y Tenencia", por animal..............0,50 107 -Por incumplimiento legislación sobre obligatoriedad vacunación antirrábica, inscripción y patentamiento........8 108 -Las personas que dificulten el normal desempeño del personal afectado a las tareas de recolección de perros vagabundos, en cualquier forma que sea, se harán pasibles de una multa de ..............................................1 El personal actuante podrá recurrir a la fuerza publica, solicitando el arresto del infractor, cuando lo considere necesario.

Modifica por : Ordenanza Nº 2766

Modifica por : Ordenanza Nº 2739

ARTICULO 3º: Art. 3).- Cada infracción será sancionada con hasta 60 U.F., máximo que se aplicará en los casos de concursos a 120 y de reincidencia, a 180 U.F.-

ARTICULO 4º: Art. 4).-Concurso Real de Faltas: Cuando concurran varias infracciones independientes entre sí se aplicará la suma total de las sanciones correspondientes a cada una de las faltas cometidas, aunque sin exceder el máximo fijado en este Ordenanza, Art. 3).-

ARTICULO 5º: Art. 5).- Cuando un hecho cayere bajo más de una sanción se le aplicará sobre la mayor.-

ARTICULO 6º: Art. 6).-Reincidencia: El infractor que merezca una nueva sanción dentro de un plazo de 60 días, será considerado como reincidente.-

ARTICULO 7º: Art. 7).- Para sancionar las reincidencias se irán duplicando en forma acumulativa hasta tres veces.-

ARTICULO 8º: Art. 8).- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a sancionar al infractor en caso de reincidencia, con arresto de hasta 48 hs. cuando la gravedad de la infracción ponga en peligro la propiedad y/o integridad de las personas.-

ARTICULO 9º: Art. 9).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

Deroga a : Ordenanza Nº 2520

Deroga a : Ordenanza Nº 2578

Deroga a : Ordenanza Nº 2580

Modifica por : Ordenanza Nº 2842

Modifica por : Ordenanza Nº 2759

Modifica por : Ordenanza Nº 2766

Modifica por : Ordenanza Nº 2739

FIRMANTES :

MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 5 de Mayo de 1988


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