Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2827

Ampliación Partidas Presupuestarias 1990.-

ARTICULO 1º: Art. 1).-Amplíanse las siguientes partidas del Cálculo de Erogaciones del Presupuesto 1990.- 01 - PERSONAL 01 - PERSONAL EFECTIVO 04 - SERVICIO EXTRAORDINARIOS Administración 6.419.000.- Servicio a la Comunidad 3.740.000.- Promoción Cultural 1.477.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 5.741.000.- 02 - PERSONAL TEMPORARIO 04 - SERVICIOS EXTRAORDINARIOS Administración 1.565.000.- Servicio a la Comunidad 1.334.000.- Promoción Cultural 430.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 1.448.000.- 02 - BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 01 - BIENES DE CONSUMO 01 - Alimentos y Productos Agropecuarios 96.000.- Administración 02 - Prod. de la Minería, Petróleo y Derivados Desarrollo Urbano No Recuperable 2.100.000.- 04 - Maderas, Corcho y sus Manufacturas Servicio a la Comunidad 16.000.- 05 - Papel, Cartón e Impresos Administración 2.680.000.- 06 - Productos Químicos y Medicinales Administración 5.000.- 07 - Cueros, Cauchos, Plásticos y Manufacturas Servicio a la Comunidad 580.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 270.000.- 10 - Otros Bienes de Consumo Servicio a la Comunidad 780.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 780.000.- 02 - SERVICIOS NO PERSONALES 03 - Comunicaciones Administración 40.000.- Promoción Cultural 195.000.- 04 - Reparaciones y Retribuciones a 3ros. Administración 3.980.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 2.300.000.- 05 - Publicidad y Propaganda Administración 5.500.000.- Promoción Cultural 500.000.- 06 - Seguros y Comisiones Administración 440.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 165.000.- 09 - Viáticos y Movilidad Promoción Cultural 120.000.- 10 - Cortesía y Homenajes Administración 625.000.- 12 - Multas e Indemnizaciones Servicio a la Comunidad 110.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 820.000.- 13 - Otros Servicios no Personales Administración 2.610.000.- Servicio a la Comunidad 2.025.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 2.605.000.- 04- TRANSFERENCIAS 01 - Promoción Cultural y Acción Social Promoción Cultural 1.400.000.- 02 - Donaciones, Becas y Subvenciones 3- Personas Escasos Recursos 26.000.- 5- Liceo Municipal 26.000.- 6- Museo de la Colonización 285.000.- 9- Comisión Permanente de Festejos y Homenajes-P. Cult.85.000.- 10- S.A.M.C.o. 130.000.- 15- Centro Industria y Comercio 1.530.000.- 16- Varios - Servicio a la Comunidad 3.615.000.- 03 - FONDO ASISTENCIA EDUCATIVA 2.460.000.- 06- BIENES DE CAPITAL 01- EQUIPAMIENTOS 05 - Otros Equipamientos Servicio a la Comunidad 7.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 600.000.- 02- INVERSIONES ADMINISTRATIVAS 01 - Moblaje Servicio a la Comunidad 15.000.- 02 - Máquinas y Equipos de Oficina. Desarrollo Urbano No Recuperable 540.000.- 03 - Instalaciones Internas Administración 770.000.- 07- TRABAJOS PÚBLICOS 01 - Materiales Desarrollo Urbano No Recuperable 3.145.000.- 02 - Obras de Infraestructura Desarrollo Urbano No Recuperable 8.071.000.- 74.201.000.-

ARTICULO 2º: Art. 2).-Los fondos se tomarán por compensación de las siguientes partidas del Cálculo de Erogaciones, Presupuesto 1989.- 01 - PERSONAL 01 - PERSONAL EFECTIVO Administración 629.000.- Servicio a la Comunidad 1.564.000.- Promoción Cultural 620.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 1.562.000.- 03 - ASIGNACIONES FAMILIARES Administración 356.000.- Servicio a la Comunidad 600.000.- Promoción Cultural 12.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 739.000.- 05 - ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL Administración 1.126.000.- Servicio a la Comunidad 688.000.- Promoción Cultural 320.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 684.000.- 02 - PERSONAL TEMPORARIO Administración 964.000.- Servicio a la Comunidad 598.000.- Promoción Cultural 182.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 410.000.- 03 - ASIGNACIONES FAMILIARES Administración 56.000.- Servicio a la Comunidad 125.000.- Promoción Cultural -.- Desarrollo Urbano No Recuperable 110.000.- 05 - ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL Administración 405.000.- Servicio a la Comunidad 220.000.- Promoción Cultural 22.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 133.000.- 02 - BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES 01 - BIENES DE CONSUMO 02 - Productos de la Minería, Petróleo y Derivados Administración 500.000.- Servicio a la Comunidad 500.000.- Promoción Cultural 100.000.- Desarrollo Urbano Recuperable 2.500.000.- 03 - Textiles y Confecciones Servicio a la Comunidad 1.000.000.- 04 - Madera, Corcho y sus Manufacturas Administración 16.000.- 05 - Papel, Cartón e Impresos Servicio a la Comunidad 680.000.- Promoción Cultural 700.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 200.000.- 06 - Productos Químicos y Medicinales Servicio a la Comunidad 5.000.- 02 - SERVICIOS NO PERSONALES 01 - Electricidad, Gas y Agua Administración 4.700.000.- Servicio a la Comunidad 5.000.000.- Promoción Cultural 2.700.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 1.900.000.- Desarrollo Urbano Recuperable 3.500.000.- 02 - Transportes y Almacenaje Promoción Cultural 900.000.- 03 - Comunicaciones Servicio a la Comunidad 200.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 3.100.000.- Desarrollo Urbano Recuperable 2.900.000.- 04 - Reparaciones y Retribuciones a 3ros. Servicio a la Comunidad 400.000.- Promoción Cultural 300.000.- Desarrollo Urbano Recuperable 2.300.000.- 04 - TRANSFERENCIAS 01 - PROMOCIÓN CULTURAL Y ACCIÓN SOCIAL Servicio a la Comunidad 3.400.000.- 02 - DONACIONES, BECAS Y SUBVENCIONES 16 - Varios - Promoción Cultural 800.000.- 06 - BIENES DE CAPITAL 01 - EQUIPAMIENTOS 01 - Máquinas y Herramientas Servicio a la Comunidad 22.246.000.- Desarrollo Urbano No Recuperable 1.529.000.- 74.201.000.-

ARTICULO 3º: Art. 3).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

FIRMANTES :

GAY HORACIO ISIDORO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 15 de Noviembre de 1990


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