Ordenanza Nº 2831
DEROGA ORDENANZA Nº 2787/89 Ref. Donación de Fracción de Terreno a favor de DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
ARTICULO 1º: Art. 1).-DERÓGASE la ORDENANZA Nº 2787 del 22-12-89.-
ARTICULO 2º: Art. 2).-TRANSFIÉRESE en DONACIÓN a favor del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA una fracción de terreno de propiedad de la Municipalidad de Esperanza, cuya ubicación, medidas, superficie y linderos se detallan: * Fracciones designadas como lotes 4, 5 y 6 del polígono 22-23-24-26-22 en el plano de mensura confeccionado por el Ing. Juan G. Bertero, registrado bajo el Nº 97.046, ubicadas en la Concesión 49 Este de Esperanza.- * SUPERFICIE: Lote 4: 266,60 m2 Lote 5: 265,96 m2 Lote 6: 251,56 m2 * MEDIDAS Y LINDEROS: En conjunto miden: 37,60 m de frente al Norte sobre calle Nº 120 Albear, 20,95 m al Oeste sobre calle Nº 111 A. Brown, 20,76 m en su lado Este, lindando con más terreno de la Municipalidad y 37,60 m en su lado Sur lindando con propiedades de Juan A. Varas, Jorge O. Bugdal y otros, Ana B. de Hillman y Carlos Werner y Sra.- El inmueble corresponde a la Municipalidad de Esperanza y figura inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo el Nº 69.568, folio 1980, tomo 241 Par del 17-10-86.-
ARTICULO 3º: Art. 3).-OTÓRGASE al MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA inmediata posesión del inmueble donado, con amplias facultades de utilización y todo otro acto que resulte conducente a los fines expresados, con la condición de que en el mismo se deberá construir en el plazo de dos años un "Jardín de Infantes Maternal", en forma conjunta con la Municipalidad de Esperanza.- En el caso de que el donatario no cumpla con el cargo expresado en éste artículo, la presente donación quedará sin efecto.-
ARTICULO 4º: Art. 4).-AUTORÍZASE al titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Esperanza, a suscribir la respectiva escritura traslativa del dominio a favor del Ministerio de Educación de la Provincia o a quien ésta determine.-
ARTICULO 5º: Art. 5).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Deroga a : Ordenanza Nº 2787
Deroga por : Ordenanza Nº 3024
FIRMANTES :
GAY HORACIO ISIDORO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 6 de Diciembre de 1990