Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2910

PLAN REGULADOR DEL DISTRITO ESPERANZA

VISTO :

El proyecto enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal proponiendo la implementación de un plan que regula el futuro del Distrito a efectos de asegurar normas de convivencia y desarrollo armónico de los distintos sectores e intereses de la vida comunita-ria, y

CONSIDERANDO :

Que este Concejo Municipal implementó un sistema de consultas, dando participación a instituciones intermedias con el espíritu de compatibilizar y consensuar las normas y estrategias que regirán los destinos de nuestro Distrito.-
Que esta sumatoria de esfuerzo dio como resultado sentar las bases de una propuesta integradora en la que participaron los distintos estamentos de nuestra co-munidad.-
Que se establecen como objetivos:
a) General:
Preservar y mejorar la calidad de vida de los habitantes, fijando pautas tendientes a dar soluciones adecuadas a la problemática existente a través de un racional uso y ocupación del suelo que de seguridad a las distintas actividades que se desarrollan en la comunidad.-
b) Específicos:
1- Establecer un sistema de zonificación reconocido la tendencia natural del desarrollo de Esperanza, en distritos relativamente homogéneos en si y heterogéneos entre si a fin de ordenar el futuro crecimiento de la ciudad.-
2- Determinar áreas específicas para las distintas actividades económicas que permitan el normal desenvolvimiento de las mismas y no afecte los usos residenciales.-
3- Permitir la mayor diversidad de usos y ocupación del suelo en la planta urbana, de acti-vidades que sean compatibles con la vivienda.-
4- Definir áreas de reserva urbana que prevean el futuro crecimiento residencial y el asen-tamiento de actividades económicas, dando prioridad de subdivisión a espacios que permitan unir bloques urbanos dispersos y posibilitando la flexibilidad del esquema adoptado para preveer una ciudad en el tiempo que garantice el futuro.-
5- Propender a la consolidación de las áreas centrales permitiendo usos y ocupación acordes con las mismas, como un área de mayor aprovechamiento y densificación cuya expresión morfológica será un tejido más denso.-
6- Reconocer y potenciar los centros barriales ya existentes con distinto desarrollo relativo, que permitan satisfacer las necesidades comunes de los distritos más alejados de las áreas centrales, actuando como articuladores entre los bordes del conglomerado central y la peri-feria.-
7- Fijar para los distritos normas específicas de uso, ocupación y subdivisión del suelo, de tejidos y habitabilidad que permitan un desarrollo equilibrado de los mismo.-
8- Estructurar un sistema vial, jerarquizando trazas para brindar una adecuada accesibilidad a las áreas centrales y periféricas permitiendo su interconexión con el área rural y la red regional.-
9- Dar un adecuado cierre a los bordes de la planta urbana que definan límites entre lo urbano y rural.-
10- Garantizar que los usos permitidos en los distritos dispongan de la seguridad jurídica municipal para la utilización de los mismos a través del tiempo.-
11- Promover la consolidación de áreas dando aprovechamiento al equipamiento e infraestructura existente, o hacer más factible su construcción en zonas urbanas carentes de ella estableciendo como criterio de planificación el incentivo de áreas hoy incipientes que actuarán en el futuro como verdaderos espacios de articulación para lograr el esquema urbano propuesto.-
12- Dar un marco regulatorio especial a las actividades económicas existentes que causen altos niveles de compromiso ambiental, que las adecúe a las necesidades del entorno sobre el que influyen.-
13- Asegurar la preservación de los espacios verdes y centro de manzana en distritos residenciales que actúen como reguladores naturales del medio.-
14- Preveer espa cios destinados a los distintos niveles de la actividad económica de mayor riesgo, estableciendo áreas de reserva permanente que actúen como espacios protectores de la zonas residenciales.-
15- Asegurar que las actividades con riesgo de ser contaminantes y/o destructivas del suelo, el aire y/o el agua se adecúen a normas que protejan el medio ambiente.-
16- Promover polí ticas de generación de empleo productivo en distintas escalas tendientes a dar soluciones posibles al exceso de oferta laboral.-
17- Propiciar las actividades productivas integradas aprovechando materia prima regional, dando valor agregado local y definiendo sistemas comerciales propios.-
18- Profundizar la acción municipal en el desarrollo de actividades microempresariales, industriales y artesanales.-
19- Definir las áreas rurales intermedias que interconectan lo urbano y rural.-
Que este Concejo Municipal asume hoy la responsabilidad que le compete plasmando en una norma legal la expresión de un proyecto común que enfoca al crecimiento y desarrollo recreando el sueño de los fundadores de nuestra Esperanza.-
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, este Concejo Municipal es el órgano encargado de dictar la norma legal pertinente.-

ARTICULO 1º: Art. 1).-APRUÉBANSE los PLANOS 1- ZONIFICACIÓN GENERAL EN ÁREAS, 2- ZONIFICACIÓN DE DISTRITOS y los CUADROS I- USOS DEL SUELO Y II SUBDIVISIÓN DEL SUELO, del Distrito Esperanza, los que forman parte de la presente.-

Modifica por : Ordenanza Nº 3428

Modifica por : Ordenanza Nº 2986

ARTICULO 2º: Art. 2).- DERÓGANSE los incisos 2.1. USOS SUJETOS A ESTUDIO y 2.3. USOS PERMITIDOS CON RESTRICCIONES del Art. 2) de la Ordenanza Nº 2856/91.-

ARTICULO 3º: Art. 3).- MODIFICASE el inciso 2.2. del Art. 2) de la Ordenanza Nº 2856/91 el que quedará redactado de la siguiente forma: "2.2. Dispónese la aplicación del plano adjunto a los incisos 2.4. OCUPACIÓN DEL "SUELO, SUPERFICIE CONSTRUIDA TOTAL, ALTURA DE LA EDIFICACIÓN, "DENSIDAD POBLACIONAL MÁXIMA y 2.5. PRODUCCIÓN PRIMARIA Y "AGROPECUARIA.-

ARTICULO 4º: Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

Modifica a : Ordenanza Nº 2856 Artículo Nº 002

Modifica por : Ordenanza Nº 3428

Modifica por : Ordenanza Nº 3246

Modifica por : Ordenanza Nº 3834

Modifica por : Ordenanza Nº 2986

Modifica por : Ordenanza Nº 2983

Modifica por : Ordenanza Nº 2994

Modifica por : Ordenanza Nº 2997

Modifica por : Ordenanza Nº 2946

Modifica por : Ordenanza Nº 2949

Modifica por : Ordenanza Nº 3954

ANEXO :

PLANO I
ZONIFICACIÓN GENERAL DE ÁREAS
PLANO 2
ZONIFICACIÓN DE DISTRITOS
PLANO 2
ZONIFICACIÓN DE DISTRITOS
(Continuación)
ZONIFICACIÓN DE DISTRITOS

     C1     Central 1
     C2     Central 2
     C3     Central 3
     C4     Central 4
     RS     Residencial Semiurbanizado
     RS1     Residencial Semiurbanizado 1
     RRS     Reserva Residencial Semiurbanizado
     RRS1     Reserva Residencial Semiurbanizado
     RP     Residencial paisajístico
     RP*     Residencial paisajístico
     P     Parque
     Cba     Centro Barrial Existente
     CBA     Centro Barrial en Formación
     Cbc     Centro Barrial propositivo (reserva)
     CR     Centro de Ruta
     EE     Equipamiento
     IR     Industrial de riesgo
     IM     Industria media
     IC1     Industria Compatible 1
     IC2     Industria Compatible 2
     RIR     Reserva Industrial de riesgo
     RIM     Reserva Industria Media
     RIC1     Reserva Industria Compatible 1
     RIC2     Reserva Industria Compatible 2
     Rcb     Reserva Consolidación de borde
     RP     Reserva Permanente
     lle -     1r Límite Legislación existente - Límite residencial
     lle     Límite Legislación existente
     Ie     Industria existente
CUADRO 1
USOS DEL SUELO
DISTRITO USOS
C1 - C2 Administración - Comercio Minorista 1 SE - 2C, 3, 4 y 5 - Educación, Culto, Cultura y Esparcimiento 1 SE, 2 SE, 3 SE - Industra 5C Residen-cial - Sanidad - Servicios 2 SE, 3C, 4 y 5 -
C3 Administración -Comercio Mayorista SE - Comerico Minorista 1, 2, 3, 4 y 5- Culto, Cultura y Esparcimiento 1, 2, 3C - Educación- Industria 4C, 5 - Residencial - Sanidad - Servicios 2, 3, 4 y 5 -
C4 Administración - Comercio Mayorista SE - Comercio Minorista 1, 2, 3, 4 y 5; 6C - Culto, Cultura y Esparcimiento 1, 2, 3, 4 y 5 SE - Dépositos 3 SE, 4 y 5 - Educación - Industria 3 SE, 4C, 5 - Residencial - Sanidad - Servicios 2, 3, 4 y 5-
RS y RS1 Administración- Comercio Mayorista SE - Comerico Minorista 1, 2, 3, 4 y 5; 6 C - Culto, Cultura y Esparcimiento 1, 2, 3, 4 y 5 - Depósitos 3, 4 y 5 -Educación - Industria 3 SE, 4 y 5 - Residencial - Sanidad - Servicios 1 SE, 2, 3, 4 y5 -
RP, P y RP* Administración - Culto, Cultura y Esparcimiento 1, 2 SE, 4 SE y 5 - Educación- Residencial -
CR Administración - Culto, Cultura y Esparcimiento 1, 2 SE, 4 SE y 5 - Educación - Industria 4 y 5C- Residencial - Sanidad C - Servicios 2 SE, 3, 4 y 5 - Depósitos 4 y 5 - CB
a y b Administración - Comercio Mayorista SE - Comerico Minorista 1, 2 ,3 4 y 5 - Culto , Cultura y Esparcimiento 1, 2 y 3 - Educación - Industria 4 C y 5 - Residencial- Sanidad - Depósitos 3 SE, 4 y 5 -
IR Depósitos 1 y 2 - Industria 1C, 2C y 3C - Sanidad C - Transporte - Infraestructura -
IM Comercio Mayorista - Comercio Minorista 4, 5 y 6 - Depósitos 2, 3, 4 y 5 - Industria 1 SE, 2 SE , 3 , 4 y 5 - Sanidad C- Servicios 1 y 2 - Trans-porte - Infraestructura -
IC 2 Comercio Mayorista - Comercio Minorista 4, 5 y 6 - Depósitos 1 SE, 2, 3 ,4 y 5 - Culto, Cultura y Esparcimiento 2 C,3,4 y 5 - Sanidad C - Ser-vicios 1 y 2 - Transporte- Infraestructura -
IC 1 Comercio Mayorista - Comercio Minorista 1; 2; 3; 4; 5; 6 y Comercio Minorista Sujeto a Estudio- Culto, Cultura y Esparcimiento 1; 2; 3C; 4 y 5 - Depósitos 2 SE; 3; 4 y 5 - Educación Infraestructura - Vivienda complementaria - Residencial C - Sanidad C - Servicios 1; 2; 3 SE; 4 SE; 5 SE y 6 SE - Transporte - Industria 2 SE; 3C; 4 y 5
EE Sanidad - Educación - Deportes, Recreación - Equipamiento de infraestructura
Rp Rural - Deportivo - Esparcimiento
Será de aplicación para el CUADRO I USOS DEL SUELO el Anexo 1, que es parte integrante de la presente.-
CUADRO II
SUBDIVISION DEL SUELO
(Derogado por Art. 1) de la Ordenanza Nº 2997/93)
(Modificado por Art. 1) de la Ordenanza Nº 3246/93)
DISTRITO     MEDIDAS MINIMAS DE PARCELAS
          Frente (m)     Superficie (m2)
C1     Central 1     8     150
C2      " 2     10     180
C3      " 3     9     180
C4      " 4     9     180
RS     Residencial Semiurbanizado     10     250
RS1     Residencial Semiurbanizado 1     12     300
RRS     Residencial Semiurbanizado (reserva)     ---     ------
P     Parque     15     450
Cba     Centro Barrial (existente)     9     180
Cbb     Centro Barrial ( en formación)     9     200
Cbc     Centro Barrial ( propositivo)     ---     ------
Cb     Consolidación de Borde (reserva)     ---     ------
RP     Residencial Paisajístico     30     900
RP*     Residencial Paisajístco *     15     450
CR     Centro Ruta     15     300
IR     Industria de Riego     100     10.000
IM     Industria Media     100     10.000
IC2     Industria Compatible 2     50     5.000
IC1     Industria Compatible 1     35     1.400
IC1´     Industria Compatible 1 (áera calle Soler)20     1.000
EE     Equipamiento Específico     ---     ------
Rp     Reserva Permanente     ---     ------
R     Rural     Según normas provinciales Ley Nº 8417/79 y Decreto 4050/79.-
ANEXO 1
DEPOSITOS
LISTADO Y CLASIFICACIÓN DE DEPOSITOS
INDEC          CLASE Y
1100          MINERIA
1109           Combustibles sólidos.
1161           Petróleo y sus derivados.
1300          AGROPECUARIA
1302           Aves vivas.
1310           Cueros y pieles (sin tratamiento).
1325           Ganado en pie
1345           Lanas sucias y algodón en rama.
Pelo y cerda sin clasificar.
Productos agrícolas (silos y elevadores de granos).
1373           Subproductos ganaderos y agrícolas.
1900          MADERAS
1945           Leña y carbón de leña.
2300          PRODUCTOS QUIMICOS, PINTURAS Y BARNICES
2362           Productos químicos diversos.
2600          CUEROS Y PIELES CURTIDOS Y SUS MANUFACTURAS
2611           Cueros salados y piquelados.
3900          VARIOS
3903           Armería, con depósito de cartuchos, balas, etc.
3914           Desechos en general ( excluidos los aceros, hierro y otro metal).
          CLASE II
1100          MINERIA
1149           Minerales metalíferos.
1200          PESCA Y CAZA
1261           Pescados y mariscos.
1262           Productos de la caza (eviscerados).
1400          FORESTALES
1413           Durmientes, estadas y postes.
1469           Rollizos
1500          ALIMENTOS Y BEBIDAS
1510           Carnes frescas y congeladas.
3900          VARIOS
3913           Desechos de acero, hierro y otros metales.
          CLASE III
1300          AGROPECUARIA
1301           Alimento para aves y ganado.
1302           Aves.
Huevos y miel.
1309           Cereales, oleaginosas, etc., en bolsa.
1321           Frutas y hortalizas.
1322           Frutos del país.
1377           Tabaco en hojas.
1400          FORESTALES
1449           Mimbre y pajas.
1500          ALIMENTOS Y BEBIDAS
1501           Aceites.
1502           Azúcar.
1509           Cafés, tés, especias y yerbas.
1511            Cervezas y bebidas sin alcohol
1513           Chocolates y sus productos, caramelos y otros preparados de azúcar.
1517           Embutidos, fiambres y otros preparados a base de carnes.
1521           Frutas, legumbres y cereales secos y en conserva en diversas formas.
1529           Harinas y subproductos de la molienda del trigo.
1549           Manteca, crema y leche y productos similares..
Queso.
1561           Productos de la industria fideera (pastas secas).
1585           Vinos
Bebidas alcohólicas.
1700          TEXTILES
1721           Fibras textiles
1900          MADERAS
1977           Tablas, tablones, tirantes, etc.
2300          PRODUCTOS QUIMICOS; PINTURAS Y BARNICES
2361           Pintura, barniz.
2400          PRODUCTOS FARMACEUTICOS; DE HIGIENE Y TOCADOR
2413           Drogas, especialidades medicinales.
2429           Herboristería.
2461           Perfumes y productos de higiene y tocador.
2500          ARTICULOS DE CAUCHO
2510           Cámaras y cubiertas.
2600          CUEROS Y PIELES CURTIDAS Y SUS MANUFACTURAS.
2601           Almacenes de suela.
2610           Cueros curtidos
2677           Talabarterías.
2700          MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION
2745           Ladrillos, cemento, cal, arena, etc.
2761           Piedras, mármos, etc.
2762           Puertas, ventanas, armazones, etc.
2785           Vidrios y cristales.
2800          ARTICULOS PARA EL HOGAR
2805           Artículos de limpieza.
3100          METALES EXCLUIDA MAQUINARIA
3101           Artefactos y artículos en general de metales no ferrosos (cobre, bronce, etc.)
3129          Hierro y aceros en barras, perfiles, chapas, etc.
3149           Metales no ferrosos de distinta forma.
3200          VEHICULOS Y MAQUINARIAS EXCLUIDA ELECTRICA.
3201           Automotores, sus repuestos y accesorios.
3217           Equipos y accesorios para el transporte de agua.
3218           Equipos y accesorios para el transporte ferroviario.
3219           Equipos y accesorios rurales, implementos agrícolas mecanizados.
3221           Equipos y maquinarias para la construcción.
3249           Maquinarias, instalaciones mecánicas para uso de la industria y sus
repuestos y accesorios.
3300          MAQUINARIAS Y APARATOS ELECTRICOS
3309           Cables y conductores de electricidad.
3349           Motores eléctricos y sus repuestos y accesorios
3400          RAMOS GENERALES
3401           Almacenes y provedurías.
3402           Almacenes y ramos generales.
3900          VARIOS
3902           Árboles y plantas.
3909           Consignatorios en general.
3915           Diarios y revistas
3917           Envases en general.
3962           Productos veterinarios.
          CLASE IV
1500           ALIMENTOS Y BEBIDAS
1562           Productos de panificación.
1600          TABACO
1609           Cigarrillos.
1610            Cigarrillos, cigarritos y tabaco picado.
1700          TEXTILES
1729           Hilados , hilos y lanas.
1777           Tejidos.
2100          PAPEL Y CARTON
2117           Envases de papel y cartón.
2161           Papel y cartón.
2200          ARTES GRAFICAS
2217 Editoriales sin imprenta.
2245           Librería y papelería.
2261           Papeles impresos para decorar
2262           Papeles impresos para empaquetar.
2500          ARTICULOS DE CAUCHO
2501           Articulos de caucho para uso medicinal y del hogar.
2509           Calzado de caucho.
2600           CUEROS Y PIELES CURTIDOS Y SUS MANUFACTURAS
2603           Marroquinerías.
2609           Calzados de cuero.
2661           Pieles curtidas.
2700          MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN
2701           Articulos de plomería, electricidad, calefacción, obras Sanitarias, etc.
2800          ARTICULOS PARA EL HOGAR
2801           Acolchados y otros artículos de tapicería.
2802       Alfombras.
2803           Artefactos eléctricos: radios, televisores, heladeras, lavarropas, etc.
2804           Artículos de bazar y menaje.
2813           Discos.
2851           Muebles de madera y mimbre.
3100          METALES EXCLUIDA MAQUINARIA
3102          Artículos de hierro y acero.
3200           VEHICULOS Y MAQUINARIAS EXCLUIDA LA ELECTRICA
3250      Máquinas y equipos para oficinas )máquinas de escribir, calcular,                 contabilidad, etc.).
3300          MAQUINARIAS Y APARATOS ELECTRICOS
3301           Aparatos y materiales para radiofonía y sus repuestos y accesorios.
3302       Artículos y aparatos diversos para instalaciones eléctricas lámparas,            fusibles, tomas corrientes, etc,.
3900           VARIOS
3901          Accesorios para farmacias, hospitales, etc.
3903          Armerías con depósito de cartuchos, balas, etc.
3904          Artículos musicales.
3905          Artículos para deportes.
3908          Utiles para comercio, industrias y profesionales.
3921          Ferretería en general.
3922          Flores y semillas.
3937          Jugueterías.
3957          Optica y Fotografía.
3961           Plásticos.
3995          Zapatillería.
          CLASE V
1800          CONFECCIONES
1801           Artículos para bebés.
1805           Botonería (camisas, corbatas, pañuelos).
1809           Confecciones y tienda en general.
1849           Mantelería y ropa de cama.
1850           Medias y artículos de punto.
1851           Mercerías.
1869           Roperías.
1873           Sombrerías.
2800          ARTICULOS PARA EL HOGAR
2849           Máquinas de coser.
2850           Muebles de hierro.
2900          JOYERÍA, RELOJERÍA Y AFINES
2921           Fantasías y bijouterie.
2937           Joyas y piedras preciosas.
2961           Platería y similares.
2969           Relojes.
3200           VEHICULOS Y MAQUINARIAS EXCLUIDA LA ELECTRICIDAD
3205           Bicicletas, sus repuestos y accesorios.
3220           Equipos y aparatos científicos y de precisión (medición, ingeniería, etc.).
3277           Triciclos y otros vehículos a pedal (excluídas las bicicletas) sus repuestos            y accesorios.
3900          VARIOS
3911            Cuchillería.
INDUSTRIAS
LISTADO Y CLASIFICACIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES
CODIGO CLASE I
CIIU
3.1.          PRODUCTORES ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACOS
.1.1.1     Matanza de ganado, preparación y conservación de carne.
.1.1.2          Elaboración de sopas y concentrados.
.1.1.3           Elaboración de fiambres, embutidos y similares.
.1.1.4          Extracción y refinación de grasas animales comestibles.
.1.1.5          Preparación de carnes para exportación.
.1.1.6          Faena y congelado de aves, conejos y caza menor.
.1.2.1          Manteca, crema, queso, caseina, leche condensada, leche en polvo y demás           productos de lechería.
.1.4.1          Elaboración de pescado, crustáceos y otros productos marinos.
.1.5.2          Elaboración de harinas de pescado, aceites animales y grasas animales no                comestibles.
.1.8.1          Elaboración de azúcar.
.2.1.4          Preparación de hojas de té.
.3.1.1          Destilación de alcohol etílico.
.3.2.1          Elaboración de vinos (bodegas).
.3.2.2          Elaboración de sidras.
.3.3.1          Bebidas malteadas y maltas.
.4.1.1      Preparación de hojas de tabaco.
3.2          TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR E INDUSTRIAS DEL CUERO
.1.1.1          Preparación de fibras de algodón.
.1.1.3           Lavaderos de lana.
.1.1.13          Preparación de cerdas, incluso tejedurías.
.1.9.1          Fabricación de artículos textiles diversos no clasificados en otras partes.
.3.1.1          Saladeros y peladeros de cueros.
.3.1.2          Curtiembre.
.3.2.1          Preparación y teñidos de pieles.
3.3.          INDUSTRIA DE LA MADERA Y PRODUCTOS DE LA MADERA                INCLUIDO MUEBLES
.1.1.1     Aserraderos y otros talleres para trabajar la madera.
.1.1.2          Maderas terciadas y aglomeradas.
3.4.          FABRICACIÓN DE PAPELES Y PRODUCTOS DE PAPEL                     IMPRENTAS Y EDITORIALES
.1.1.1          Fabricación de pasta de papel.
.1.1.2          Fabricación de papel, cartón y cartulina.
3.5          FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y PRODUCTOS                QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON, DE                CAUCHO Y PLASTICO
.1.1.1          Destilación y desnaturalización del alcohol.
.1.1.2          Fabricación de gases comprimidos y licuados, excluidos gases derivados del           petróleo y carbón.
.1.1.3          Fabricación de curtientes de todo tipo.
.1.1.4          Acidos, bases y sales.
.1.1.5          Productos pirotécnicos.
.1.1.9          Fabricación de sustancias químicas industriales no clasificadas en otras                partes.
.1.2.1          Fabricación de abonos y plaguicidas, insecticidas y funquicidas.
.1.3.1          Fabricación de plásticos y resinas sintéticas.
.1.3.2          Fabricación de fibras artificiales y sintéticas.
.2.1.1          Fabricación de pinturas, barnices, lacas, esmaltes y charoles.
.2.2.1          Medicamentos y productos farmacéuticos que emplean órganos frescos de           animales y/o sus residuos.
.2.2.5          Específicos veterinarios que emplean órganos frescos de animales y/o sus                residuos.
.2.3.1          Fabricación de jabones (excepto de tocador) y preparados de limpieza.
.2.3.2          Fabricación de jabones de tocador, cosméticos y otros productos de higiene           y tocador.
.2.9.1          Fabricación de tintas de imprenta.
.2.9.2          Fabricación de fósforos.
.2.9.3          Fabricación de explosivos y municiones.
.2.9.4          Fabricación de fluido desinfectante y desodorisante.
.2.9.5          Velas de estearina, parafinas y demás sustancias similares.
.2.9.6          Ceras para lustrar.
.2.9.7          Material fotosensible, películas, placas, telas y papeles.
.2.9.9          Tintas, betunes, pasta y preparaciones similares para conservar cuero y                madera.
.2.9.10          Aguas y demás preparados para blanquear ropa y telas.
.2.9.99          Productos químicos diversos no clasificados en otra parte.
.4.2          Planta para elaboración de hormigón asfáltico.
.5.1.1          Fábrica de cámaras y cubiertas.
.5.9.1          Calzado de caucho con o sin materiales ( manufacturado en fábrica de                productos de caucho).
3.6          FABRICACION DE PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS                EXCEPTUANDO LOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON
.2.1.1          Fabricación de vidrios y cristales y artículos de vidrios con hornos de                funsión.
.9.1.1          Fabricación de ladrillos comunes y polvo de ladrillo.
.9.1.2          Fabricación de ladrillos de máquinas, tejas, baldosas y caños.
.9.1.3          Fabricación de materiales refractario.
.9.2.1          Elaboración de cemento.
.9.2.2          Elaboración de cal.

3.7          INDUSTRIAS METALICAS BASICAS, FABRICACION DE                     PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIAS Y EQUIPOS
.1.1.1          Productos básicos de hierro y acero , piezas de forjas de hierro o                     acero. Productos de laminación y estampado.
.1.1.2          Alambre de hierro y acero, incluso alambre galvanizado.
.1.1.3          Tubos y cañerías de hierro y acero.
.2.1.1          Productos básicos de la funsión de minerales de plomo, estaño, zinc y demás           no ferrosos.
.2.1.2          Productos de laminación, piezas fundidas, alambres, tubos y cañerías de                metales no ferrosos excluido cobre y sus aleaciones.
.2.1.3          Tubos y cañería de hierro y acero.
.2.1.1          Productos básicos de la fusión de minerales de plomo, estaño, zinc y demás           no ferrosos.
.2.1.2          Productos de laminación, piezas fundidas, alambres, tubos y cañerías de                metales no ferrosos excluido cobre y sus aleaciones.
.2.1.3          Productos de laminación, piezas fundidas, alambres, tubos cañerías de cobre           y sus aleaciones.
3.8.          FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIAS Y           EQUIPOS.
.2.1.1          Fabricación y armado de motores de combustión interna y sus repuesos y                accesorios.
.4.1.1          Astilleros y construcción y desmantelamiento, fabricación y reparación de                motores marinos, incluso la reparación de sus repuestos y accesorios.
.4.2.1          Talleres ferroviarios, construcción y reparación de locomotoras y vagones de           cualquier tipo. Repuestos para el material rodante y de tracción.
.4.3.5          Fabricación y armado de tractores, incluso sus repuestos y accesorios.
.4.3.6          Reparación de tractores.
.4.5.1          Fabricación y reparación de aviones y planeadores, fabricación y reparación           de motores para aeronaves y sus repuestos y accesorios.
CODIGO          CLASEII
CIIU
3.1          PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACOS.
.1.2.2          Usina pasteurizadora de leche.
.1.3.2          Elaboración y envasado de frutas, legumbres y hortalizas al natural, secas y           en conservas, incluso pulpas y jugos.
.1.5.1          Elaboración y refinado de aceites y grasas vegetales.
.1.6.1          Molienda de trigo.
.1.6.4          Molienda de yerba mate.
.1.7.2          Elaboración de galletitas y bizcochos.
.1.8.2          Refinación de azúcar.
.2.1.1          Elaboración de hielos, excepto hielo seco.
.2.1.2          Elaboración de concentrados de café, té y mate.
.2.1.11          Alimentos concentrados, preparados y/o congelados (excepto pescado).
.2.1.99          Productos diversos alimenticios no clasificados en otra parte.
.2.2.1          Elaboración de alimentos preparados para animales y aves.
.3.1.2          Licores y demás bebidas alcohólicas.
.4.1.2          Elaboración de cigarrillos.
3.2          TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR E INDUSTRIAS DEL CUERO
.1.1.2          Preparación de fibras textiles vegetales, excepto algodón.
.1.1.5          Blanqueo, teñido y apresto de textiles.
.1.1.10          Tejido de lana, algodón y otras fibras excepto tejido de punto.
.1.1.12          Fabricación de estopa.
.1.1.99          Fabricación de productos de tejeduría no clasificados en otra parte.
.1.2.7          Reparación de bolsas de arpillera y lienzos.
.1.4.1          Fabricación de tapices y alfombras.
.3.3.9          Fabricación de otros productos de cuero y sucedáneos del cuero, excepto                calzado y prendas de vestir.
3.3.          INDUSTRIA DE LA MADERA Y PRODUCTOS DE LA MADERA                INCLUIDO MUEBLES
.1.1.6          Impregnación de madera.
.1.9.9          Fabricación de productos de madera no clasificados en otra parte.
3.4.          FABRICACION DE PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL. IMPRENTAS           Y EDITORIALES.
.1.9.1          Fabricación de artículos diversos de pulpa, papel y cartón, no clasificados en           otra parte.
.2.1          Impresión de diarios, periódicos y revistas.
3.5.          FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIMICAS Y PRODUCTOS                QUIMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL CARBON,                CAUCHO Y PLASTICO.
.2.2.2          Medicamentos y productos farmacéuticos, excluido el empleo de órganos                frescos de animales y/o residuos.
.2.2.6          Específicos veterinarios, excluido el empleo de órganos de animales y/o                residuos.
.2.9.8          Tintas para escribir.
.2.9.11          Preparaciones para limpiar y pulir metales, vidrios y piedras.
.6.1          Artículos moldeados y laminados de material plástico.
3.6.          FABRICACION DE PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS                EXCEPTUANDO LOS DERIVADOS DEL PETROLEO Y DEL                     CARBON.
.1.1.1          Artefactos sanitarios y cerámicos.
.1.1.2          Placas y accesorios para revestimientos, artículos decorativos, vajillas y                artículos para electricidad y otros usos cerámicos.
.1.1.3          Productos de barro.
.9.2.3          Elaboración de yeso.
.9.2.4          Molienda e hidratación de cal.
.9.9.1          Cemento, fibrocemento, chapas, tanques, piletas y productos afines.
.9.9.3          Aserrado, corte y pulido y labrado de mármoles granitos y otras piedras.
.9.9.4          Triturado y molido de minerales no metálicos. Mezclas preparadas para                revoques y piedras naturales y artificiales para revestimiento.
.9.9.9          Hormigón preparado, hidrófugo y productos de piedra, tierra, yeso y demás           minerales no metálicos no clasificados en otra parte.
3.8.          FABRICACION DE PRODUCTOS METALICOS, MAQUINARIAS Y                EQUIPOS.
.1.1.1          Herramientas de mano y para máquinas.
.1.3.1          Fabricación de tanques, depósitos, tambores, casco de hierro y recipiente                para gases comprimidos.
.1.3.2          Fabricación de estructuras metálicas con perfiles o tubos de hierro para la                construcción.
.1.3.3          Fabricación de generadores de motor y equipos conexos: economizadores,           recalentadores, condensadores y demás accesorios, incluso reparación e                instalación de calderas y fabricación de sus repuestos y accesorios.
.1.9.1           Fabricación de clavos y productos de bulonería.
.1.9.2          Fabricación de envases de hojalata y de chapa de hierro y demás productos           de hojalata incluso la cromolitografía sobre metales.
.1.9.99          Fabricación de productos metálicos, no clasificados en otra parte ( incluye           galvanoplastía esmaltado y estampado de metales).
.2.2.1          Construcción de maquinarias y equipos para la agricultura.
.2.2.2          Reparación de maquinarias y equipo para la agricultura.
.2.3.1          Construcción de maquinarias para trabajar los metales y la madera.
.2.4.1          Construcción y reparación de maquinarias y equipos especiales para la                industria incluso sus repuestos, accesorios, excepto las maquinarias para                trabajar los metales y la madera.
.2.5.1          Construcción de máquinas y equipos de contabilidad, máquinas de escribir y           cajas registradoras, incluso sus repuestos y accesorios.
.2.5.2          Construcción y reparación de básculas, balanzas, incluso sus repuestos y                accesorios.
.2.9.1          Ascensores y artículos afines, incluso su instalación, reparación y fabricación           de sus repuestos y accesorios.
.2.9.2          Fabricación y armado de heladeras, lavarropas, acondicionadores de aire y           afines, incluso sus repuestos y accesorios.
.2.9.3          Fabricación de armas.
.2.9.4          Fabricación de máquinas de tejer y coser familiares, semi-industriales e                industriales, incluso sus repuestos y accesorios.
.2.9.9          Construcción de maquinarias y equipos exceptuando la máquina eléctrica no           clasificada en otra parte.     
.3.1.1          Construcción de máquinas y aparatos industriales eléctricos.
.3.1.2          Preparación de máquinas y aparatos industriales eléctricos.
.3.2.3          Discos, fonográficos y cintas magnetofónicas.
.3.3.1          Construcción de aparatos y accesorios eléctricos de uso doméstico o                comercial y sus repuestos.
.3.4.1          Instalaciones electromecánicas y sus reparaciones.
.3.9.2          Fabricación de lámparas y tubos eléctricos:
          incandescentes fluorescentes y de gases.
.3.9.3          Fabricación de conductores eléctricos, aislados con esmalte, goma o                plásticos.
.3.9.9          Construcción de aparatos y suministro eléctricos no clasificados en otra                parte.
.4.3.3          Fabricación y armado de carrocerías exclusivamente para automóviles,                camiones, camionetas, ómnibus. microómnibus, y demás vehículos análogos,           incluso remolques y semiremolques completos.
.4.4.1          Fabricación y armado de motocicletas y motonetas, incluso la fabricación de           sus repuestos y accesorios.
.4.5.2          Talleres de mantenimiento de aviones, planeadores, anexos a aeropuertos y           aeródromos.
.0.99          Industria no manufactureras no clasificadas en otra parte.

CODIGO          CLASE III
CIIU
3.1          PRODUCTOS ALIMENTARIOS, BEBIDAS Y TABACOS
.1.3.1          Elaboración de dulces, mermeladas y jaleas.
.1.6.2          Molienda de legumbres y cereales, excepto trigo.
.1.6.3          Preparación de arroz (descascaración, pulido, etc.).
.1.7.4          Elaboración de pastas alimenticias secas.
.1.8.3          Moldeado de azúcar.
.1.9.1          Elaboración de cacao, chocolate y sus derivados, caramelos pastillas,                confites,turrones y frutas abrillantadas y confitadas.
.2.1.3          Tostado, torrado y molienda de café y especias.
.2.1.5          Elaboración de hielo con freón (excepto el hielo seco).
.2.1.6          Elaboración de levadura de cereales y polvo de honear.
.2.1.7          Elaboración de salsa y condimentos.
.2.1.8          Elaboración de vinagres.
.2.1.10          Refinación y molienda de sal comestible en establecimiento que no se                dedique a la extracción.
.3.2.3          Elaboración de vinos, plantas embotelladoras.
.3.4.1          Bebida sin alcohol y refrescos (gasificados y no gasificados).
.4.1.3          Elaboración de otros productos del tabaco.

.3.2.          TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR E INDUSTRIAS DEL CUERO
.1.1.4          Hilados de fibras textiles.
.1.1.6          Tejidos, trenzado, trencilla, cordones y cintas, excepto tejidos elásticos.
.1.1.7          Puntillas, encajes, broderie y artículos similares.
.1.1.8          Tejido de seda natural, artificial y de fibras sintéticas.
.1.1.9          Tejidos elásticos con o sin confección de artículos determinados.
.1.1.11          Elaboración de pelos para sombreros.
.1.2.2          Confección de bolsas de arpillera y lienzos.
.1.2.9          Otros artículos confeccionados de materiales textiles ( excepto prendas de           vestir ).
.1.3.1          Fabricación de medias.
.1.5.1          Fabricación de sogas, cabos, piolas y piolín.
.3.3.1          Fabricación de bolsas y valijas, arneses, sillas de montar y baules.
.4.1          Fabricación de calzados de cuero.
.4.2          Fabricación de calzado de tela.
.4.4          Talleres de aparado, picado y otros trabajos para la fabricación de calzados.
.3.3          INDUSTRIA DE LA MADERA Y PRODUCTOS DE LA MADERA                INCLUIDO MUEBLES
.1.1.2          Carpinterías de obras de madera, puertas, ventanas, etc.
.1.1.3          Fabricación de viviendas prefabricadas, principalmente de madera.
.1.1.5          Parquet para pisos.
.1.2.1          Fabricación de envases de madera.
.1.9.1          Fabricación de productos de corcho natural o aglomerado.
.1.9.2          Fabricación de ataudes, urnas y ornamentos funerarios de madera.
.1.9.3          Productos diversos de madera obtenidos por torneado y otras operaciones           análogas.
.1.9.4          Modelos de madera para la fundición de metales.
.1.9.5          Varillas para marcos y marcos de cuadros y espejos.
.1.9.1          Fabricación de productos de corcho natural o aglomerado.
.2.1.1          Fabricación de muebles de madera para el hogar, mobiliario médico y                quirúrgico y muebles para comercio y oficinas.
.2.1.2          Fabricación de colchones.
.2.1.3          Instalaciones de maderas para industrias, comercios y oficinas.

3.4          FABRICACIÓN DE PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL, IMPRENTAS           Y EDITORIALES
.2.3          Imprenta, electrotipia y otros servicios relacionados con la imprenta.
.2.4          Cuadernos, blocks de notas, libros en blanco y artículos afines.
3.5.          FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Y DE PRODUCTOS                QUÍMICOS DERIVADOS DEL PETROLEO, DEL CARBON, DE                CAUCHO Y PLASTICOS
.2.2.3          Medicamentos y productos farmacéuticos cuando se reciban los                     componentes ya elaborados.
.2.2.8          Específicos veterinarios cuando se reciban los componentes ya elaborados.
.5.1.2          Recauchutaje y vulcanización de cubiertas.
.5.9.2          Fabricación de productos de caucho no clasificados en otra parte.
3.6          FABRICACIÓN DE PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS                EXCEPTUANDO LOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO Y EL CARBÓN.
.9.9.2          Fabricación de mosaicos calcáreos y graníticos.

3.8          FABRICACIÓN DE PRODUCTOS METÁLICOS MAQUINARIAS Y            EQUIPOS
.1.1.2          Herrajes y guarniciones para puertas, ventanas, muebles, vehículos, baules,           valijas y demás usos.
.1.2.1          Muebles metálicos para el hogar, mobiliario médico y quirúrgico, muebles           para el comercio y oficinas incluso instalaciones para industrias, comercio y           oficinas.
.1.2.2          Camas y sofás, camas metálicas y elásticos para las mismas.
.1.3.4          Fabricación de productos de carpintería metálica, perfiles de chapa, marcos,           puertas, ventanas, celosías y demás artículos afines para la construcción.
.1.9.3          Fabricación de cocinas, calefactores, calefones, excluido calefones eléctricos.
.1.9.4          Fabricación de tejidos y telas metálicas.
.1.9.5          Artefactos para la iluminación de bronce y demás metales.
.1.9.6          Cajas fuertes, cámaras de seguridad y afines.
.1.9.8          Artículos metálicos de menage, incluso los enlosados.
.1.9.9          Talleres electromecánicos de reparaciones, acabo de piezas mecánicas,                incluso la producción de las mismas (Excluye talleres de automotores y sus           repuestos), incluye talleres de mantenimiento, usinas, producción de vapor.
          Tratamientos de agua, instalados en grandes industrias.
.3.2.1          Construcción de válvulas electrónicas y tubos catódicos.
          Fabricación y armado de receptores de radio, televisión, grabadores de                sonidos y aparatos afines.
.3.2.2          Fabricación de equipos y aparatos de comunicación y sus repuestos y                accesorios.
.3.9.1          Fabricación de acumuladores eléctricos.
.4.3.2          Fabricación de componentes, repuestos y accesorios para automotores,                excepto motores ( no incluye los producidos por los fabricantes de                automotores en la misma planta).
.4.3.4          Rectificación de motores de combustión interna.
.4.4.2          Fabricación de armado de bicicletas, triciclos incluso la fabricación de sus           repuestos y accesorios.
.4.9.1          Fabricación de vehículos de tracción animal y vehículos de propulsión a                mano.
.4.9.2          Rodados sin motor para niños e inválidos.
.3.9          OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
.0.9.1          Fabricación de lápices comunes y mecánicos, lapiceras, estilográficas y                esferográficas, incluso portaplumas.
.0.9.4          Baules y valijas de cualquier material, excepto cuero.
.0.9.6          Artículos de nacar, carey, hueso, asta y carozo.
.0.9.8          Juguetes que no incluyen material plástico.
CODIGO     CLASE IV
CIIU
3.1.          PRODUCTOS ALIMENTARIOS, BEBIDAS Y TABACO
.1.7.1          

ESPERANZA, 29 de Junio de 1992


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