
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 2777
DEROGA Ordenanza Nº 2194/78.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-DERÓGASE la Ordenanza Nº 2194 de fecha 28 de Marzo de 1978.-
ARTICULO 2º: Art. 2).-A partir de la sanción de la presente, DISPÓNESE que los ARMAZONES DE CORONAS EXISTENTES en el CEMENTERIO MUNICIPAL, serán recogidos directamente por CÁRITAS ARGENTINA FILIAL ESPERANZA.-
ARTICULO 3º: Art. 3).-La Jefatura del Dpto. Cementerio se encargará de supervisar y controlar los trabajos de recolección y acordará con la Entidad beneficiaria detalles y condiciones de las tareas.-
ARTICULO 4º: Art. 4).-CÁRITAS ARGENTINA FILIAL ESPERANZA destinará los fondos que se recaude con la venta de los armazones, a obras en beneficio de la comunidad carenciada, debiendo informar semanalmente al Municipio acerca de las inversiones efectuadas con el producido de dichas ventas.-
ARTICULO 5º: Art. 5).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
FIRMANTES :