
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3988
VENTA DIRECTA a Germán A. Luna y Julio C. Serra,franja en el sector Este en la Plaza Renacer
ARTICULO 1º: ORDENANZA Nº 3988
Art. 1).- DISPÓNESE la DESAFECTACIÓN del DOMINIO PÚBLICO de una FRACCION de TERRENO de 1,35 mts. de ancho por 33,50 mts. de largo, que actualmente forma una franja en el sector Este en la Plaza Renacer, ubicada en la intersección de calles 87- Mitre y 116- López y Planes de la ciudad de Esperanza.
ARTICULO 2º: Art. 2).- DISPONESE la VENTA DIRECTA a los Sres. Germán A. Luna, DNI Nº 21.905.357, y Julio C. Serra, DNI Nº 6.259.109 de una FRACCION de TERRENO de propiedad de la Municipalidad de Esperanza de 1,35 mts. de ancho por 33,50 mts. de largo, que actualmente forma una franja en el sector Este en la Plaza Renacer, ubicada en la intersección de calles 87- Mitre y 116- López y Planes de la ciudad de Esperanza.
Superficie: 45,225 m2. aproximadamente. Las medidas definitivas serán las que surjan del plano de mensura que confeccionarán los nuevos propietarios, en un plazo no mayor de 60 días.
ARTICULO 3º: Art. 3).- El precio de venta se fija en la suma de $ 180.000.- (pesos ciento ochenta mil). Además, los adquirentes pagarán la totalidad de los gastos de escrituración, plano de mensura y todo otro que resulte de la transferencia del bien.
ARTICULO 4º: Art. 4).- Los compradores deberán abonar el valor del tapial de mampostería actualmente construido sobre el terreno a transferir, de 2.00 mts. de alto (más cimientos de 0,80 mts de profundidad) por 33,50 mts. de largo, por 0.15 mts. de espesor, cuyo valor alcanza la suma de $ 134.800,- (pesos ciento treinta y cuatro mil ochocientos).
ARTICULO 5º: Art. 5).- Luego de dictada la norma legal donde se disponga la adjudicación del terreno, los compradores abonarán al Municipio el monto resultante dentro de los 30 días posteriores a la notificación de la adjudicación.
ARTICULO 6º: Art. 6).- AUTORIZASE a la titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad a suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio a favor de los compradores.
ARTICULO 7º: Art. 7).- El importe neto resultante de la venta del terreno será ingresado a la Partida 7.02 - Recursos de Capital - 7.02.02 - Venta de Activos Fijos - 7.02.02.04 - Venta de Bienes de Activos fijos (926807), para su posterior afectación al pago de las obras complementarias previstas para la Plaza RENACER.
ARTICULO 8º: Art. 8).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :