Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3918

Donacion de terreno a Aguas Santafesinas SA

ARTICULO 1º: Art. 1).-AUTORÍZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a realizar la MENSURA, UNIFICACIÓN Y SUBDIVISIÓN de las PARCELAS 5 y 11 de la Manzana 10B de la Concesión 49 Oeste, propiedad de la Municipalidad de Esperanza, en dos parcelas, la PARCELA Sw de 12m. de frente y una superficie de 144m2., y la PARCELA Ne de 36,93m. de frente y una superficie de 1.299,41m2., según plano obrante a foja 4.

ARTICULO 2º: Art. 2).-DISPÓNESE la DESAFECTACIÓN del DOMINIO PÚBLICO del terreno denominado Lote "Sw", ubicado en la Concesión 49 Oeste, Manzana Nº 10B, cuya superficie es de 144m2.

ARTICULO 3º: Art. 3).-TRANSFIÉRESE en DONACIÓN a la Empresa AGUAS SANTAFESINAS S.A., una FRACCIÓN DE TERRENO de propiedad de la Municipalidad de Esperanza, ubicada en calle 91- Gdor. Crespo, que se identifica como Lote "Sw" y forma parte del Lote A, Parcela 5, de la Manzana 10B, ubicada en la Concesión 49 Oeste de Esperanza. El inmueble corresponde a la Municipalidad por Remate Judicial Expte. 496, Fº130, Año 1991. Las medidas definitivas del inmueble que se entrega en donación surgirán del plano de mensura definitivo que se confeccione a tales efectos.

ARTICULO 4º: Art. 4).-La mencionada transferencia se efectúa con el cargo de que la Empresa Aguas Santafesinas S.A., a través de sus organismos competentes, disponga la construcción de una PLANTA ELEVADORA DE LÍQUIDOS CLOACALES.

ARTICULO 5º: Art. 5).-OTÓRGASE a la Empresa AGUAS SANTAFESINAS S.A. la inmediata posesión del inmueble donado.

ARTICULO 6º: Art. 6).-AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Esperanza a suscribir la respectiva escritura traslativa del dominio, con cargo a la donante.

ARTICULO 7º: Art. 7).-MODIFÍCASE la Ordenanza N° 2996/93, incorporándose como Equipamiento Específico (EE) el inmueble perteneciente a AGUAS SANTAFESINAS S.A., debiendo el Departamento Ejecutivo asignarle el número correspondiente, que quedará redactado de la siguiente manera: EE- : AGUAS SANTAFESINAS S.A.- PLANTA ELEVADORA DE LÍQUIDOS CLOACALES- calle 91- Gdor. Crespo, ubicado en la Concesión 49 Oeste, Manzana 10, Lote "Sw".

ARTICULO 8º: Art. 8).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Modifica a : Ordenanza Nº 2996

FIRMANTES :

MARTINEZ NORMA ANDREA ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 23 de Diciembre de 2016


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