Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2498

Cálculo del Sueldo Anual Complementario para el Personal Municipal.-

ARTICULO 1º: Art. 1º).-El sueldo anual complementario del personal de esta Municipalidad será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culmina en los meses de junio y diciembre de cada año.-

ARTICULO 2º: Art. 2º).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

FIRMANTES :

MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 20 de Enero de 1984


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