Ordenanza Nº 2786
Transfiere una Fracción de Terreno en Donación a favor de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
ARTICULO 1º: Art. 1).-TRANSFIÉRESE en DONACIÓN a favor de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO, una fracción de terreno de propiedad de la Municipalidad de Esperanza, cuya ubicación, medidas, superficie y linderos se detallan: * Fracción designada como lote 2 en el plano de mensura confeccionado por el Agrimensor Néstor Portmann, registrado bajo el Nº 87.720, ubicado en la Manzana 36 de la Concesión 61 Sección Este de Esperanza.- * SUPERFICIE: 2.604,26 m2.- * MEDIDAS Y LINDEROS: 63,30 m. de frente al Norte, lindando con calle Nº 134 y Terragni; 40,62 m. de frente al Este lindando con calle Nº 107 Alberdi; 63,30 m. en su lado Sur lindando con propiedad de Enrique José Montú y Sra. y 41,53 m. en su lado Oeste por donde linda con propiedad de Doris Dolly Blaser de García, Secundino Obregón y Eva Raquel Theiler de Ruiz.- El inmueble corresponde a la Municipalidad de Esperanza por donación efectuada por Nora M. Blaser de Burgi y otros en Expte. Nº 9093-B-78, aceptado por Ordenanza Nº 2259/79. La escritura de transferencia a favor de la Municipalidad se encuentra en tramite.-
ARTICULO 2º: Art. 2).- OTORGASE a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO inmediata posesión del inmueble donado, con amplias facultades de utilización y todo otro acto que resulte conducente a los fines expresados, con la condición de que en el mismo se deberá construir en el plazo de dos años un Plan de Viviendas en forma conjunta con la Municipalidad de Esperanza.- En el caso de que la donataria no cumpla con el cargo expresado en este articulo, la presente donación quedara sin efecto.-
ARTICULO 3º: Art. 3).- AUTORIZASE al titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Esperanza, a suscribir la respectiva escritura traslativa del dominio a favor de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo o a quien esta determine.-
ARTICULO 4º: Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Deroga por : Ordenanza Nº 3308
FIRMANTES :
MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 18 de Diciembre de 1989