Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2846

PRORROGA vigencia de la Ordenanza Nº 2821/90.-

ARTICULO 1º: Art. 1).-PRORRÓGASE la vigencia de la Ordenanza Nº 2821/90, la presente regirá a partir de su promulgación y hasta la sanción de la nueva Ordenanza especifica sobre parcelamiento y urbanizaciones en el Distrito Esperanza, en el marco del Plan Regulador.-

ARTICULO 2º: Art. 2).-Las normas definitivas a que se refiere el articulo anterior podrán ser sancionadas en forma total o fraccionadas, según el orden de prioridad que se considere más conveniente.-

ARTICULO 3º: Art. 3).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

Deroga por : Ordenanza Nº 2916

FIRMANTES :

GAY HORACIO ISIDORO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 17 de Abril de 1991


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