Ordenanza Nº 3879
Exime del Pago de T.G.I., A Propietarios afectados por la crecida del Rio Salado período Abril-Mayo de 2016
ARTICULO 1º: Art. 1).-EXÍMESE a los propietarios de inmuebles contiguos al Balneario Camping Municipal (Sector Oeste), afectados por la crecida del mes de abril del Río Salado, del pago de la Tasa General de Inmuebles, Riego o Barrido y Mantenimiento del Alumbrado Público por el período Abril-Mayo de 2016.
ARTICULO 2º: Art. 2).-La Secretaria de Obras y Planeamiento a través del área Catastro, informara a la Dirección de Rentas el detalle de los inmuebles alcanzados por la presente exención.
ARTICULO 3º: Art. 3).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :
CAMMISI CRISTIAN RICARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 14 de Abril de 2016