
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3769
VENTA a la Sra. Wilma Esther Longoni, de una fracción de terreno identificado como SOBRANTE sobre calle 91- Crespo entre las calles 120- Alvear y 1
ARTICULO 1º: ORDENANZA Nº 3769
Art. 1).- DISPÓNESE la VENTA a la Sra. Wilma Esther Longoni, de una fracción de terreno identificado como SOBRANTE no documentado de aproximadamente 1,00 x 26,70 mts. sobre calle 91- Crespo entre las calles 120- Alvear y 122- Balcarce.
Las medidas definitivas serán las que surjan del plano de mensura que mandará a confeccionar la nueva propietaria, en un plazo no mayor de 90 días.
La fracción que se enajena le corresponde a la Municipalidad de Esperanza, por su carácter de sobrante, conforme con lo establecido en los artículos 5° y 45º de la Ley Provincial Nº 2756.
ARTICULO 2º: Art. 2).- El procedimiento de venta será el previsto en la Ordenanza Nº 2928/92. La adquirente pagará la totalidad de los gastos de escrituración, plano de mensura y todo otro que resulte de la transferencia del bien.
ARTICULO 3º: Art. 3).- Dictada que sea la norma legal que disponga la adjudicación del sobrante, la compradora abonará al Municipio el monto resultante dentro de los 30 días posteriores a la notificación de la adjudicación. La escrituración se llevará a cabo también en ese lapso.
ARTICULO 4º: Art. 4).- Si la compradora no se adviniera a escriturar dentro del plazo fijado se entenderá que desiste de la compra, y la Municipalidad podrá disponer del terreno para una nueva venta.
ARTICULO 5º: Art. 5).- El importe neto resultante de la venta será ingresado a la Partida 7.02 - Recursos de Capital - 7.02.02 - Venta de Activos Fijos - 7.02.02.01 - Inmuebles, del Presupuesto Vigente.
ARTICULO 6º: Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :