Ordenanza Nº 3122
Modifica Art. 2) de la Ordenanza Nº 2994/93.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-AGRÉGASE al final del CUADRO I USOS DEL SUELO del Art. 1) de la Ordenanza Nº 2994/93 lo siguiente: DISTRITO - USOS IRes Comercio Mayorista SE - Industria 2C, 3 y 4 -Infraestructura.
ARTICULO 2º: Art. 2).-AGRÉGASE en el ANEXO II, punto 3.1 CATEGORIZACIÓN del Art. 2) de la Ordenanza Nº 2994/93 lo siguiente: 3.1.5 Las actividades que se desarrollen en el Distrito IRes deberán prever la inexistencia de emanaciones por vapores y/o humos que causen molestias y/o sean peligrosas para el entorno. Si tuvieran efluentes líquidos sólo se habilitarán previa conexión al sistema de Desagües Industriales u otro aprobado por el municipio. Si los efluentes fueran sólidos deberán ser dispuestos en lugares autorizados por el municipio según las características de los mismos.
ARTICULO 3º: Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Modifica a : Ordenanza Nº 2994 Artículo Nº 001
Modifica a : Ordenanza Nº 2994 Artículo Nº 002
FIRMANTES :
GASTALDI ROQUE JUAN ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 6 de Septiembre de 1996