Ordenanza Nº 3223
Dispone la circulación como mano única en las calles internas del Parque de la Agricultura.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-DISPÓNESE la circulación como mano única en las calles internas del Parque de la Agricultura y en el sentido de las agujas del reloj, a las indicadas en el croquis obrante a fojas 4 del expediente de la referencia, debiendo asimismo colocarse los pertinentes carteles indicadores de la nueva traza circulatoria, conforme el mismo croquis.
ARTICULO 2º: Art. 2).-A fin de dar cumplimiento al Art. 1) de la presente, el estacionamiento en dichas arterias deberá efectuarse sobre la mano derecha del sentido de circulación.
ARTICULO 3º: Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :
GUIBERT RENE CARLOS ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 19 de Noviembre de 1998