
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3069
Donación de Fracción de Terreno al SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA para la construcción de Plan Habitacional.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-TRANSFIÉRESE en DONACIÓN al SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA - DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO, una fracción de terreno de propiedad de la MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA, cuya ubicación, medidas y linderos se detallan:
- Fracción ubicada en la Concesión 51 Oeste.
- Medidas y linderos:
NORTE: 129.90 m. vías del Ferrocarril Gral. Manuel Belgrano
SUR: 129,90 m. calle 128- Soler
ESTE: 409 m. calle 85- R.P.A. Janssen
OESTE: 409 m. propiedad de María Isabel F. Trod y Mónica Rita Rosa Trod
El inmueble corresponde a la Municipalidad de Esperanza y figura inscripto en el Registro Gral. de la Propiedad con el Nº 1511, Folio 50, Tomo 284 Impar, del 05-01-95.-
ARTICULO 2º: Art. 2).-La mencionada transferencia se efectúa con el cargo de que en el término de 2 años a contar de la publicación de la presente, el Superior Gobierno de la Provincia, a través de sus organismos competentes, disponga el inicio de la construcción del Plan Habitacional adjudicado a la Confederación General del Trabajo de la República Argentina - Delegación Regional Esperanza o cualquier otro con financiación de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.-
ARTICULO 3º: Art. 3).- OTÓRGASE a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO la inmediata posesión del inmueble donado.-
ARTICULO 4º: Art. 4).-AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Esperanza a suscribir la respectiva escritura traslativa del dominio, una vez cumplidos los cargos enunciados, con costos exclusivos a cargo de la donataria.-
ARTICULO 5º: Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
FIRMANTES :