Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3511

Donación de Terreno efectuada por MARÍA DEL CARME ERNI de ASTESANA y CALISTEO ERNI.-

ARTICULO 1º: Art. 1).- ACÉPTASE la DONACIÓN ofrecida por la Sra. MARÍA DEL CARME ERNI de ASTESANA (Nuda Propiedad) y el Sr. CALISTEO ERNI (Usufructo), del TERRENO ubicado en la Concesión 38, Sección Oeste de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, que según "Plano de Mensura y Subdivisión", confeccionado por el Agrimensor Ricardo Pedro Perco, se individualiza como Lote C (obrante a fojas 18, el que se adjunta y forma parte de la presente), y tiene el siguiente destino y superficie: P Lote C, correspondiente a la prolongación de calle 69- Saavedra Lamas. Superficie 871,72 m2.

ARTICULO 2º: Art. 2).- Los gastos de mensura y escrituración y/o inscripción dominial correrán por cuenta de los donantes.

ARTICULO 3º: Art. 3).-A los efectos de incorporar al patrimonio municipal la fracción donada, DISPÓNESE la aplicación del Punto 3.7. de la Ordenanza 2916/92.

ARTICULO 4º: Art. 4).- ESTABLÉCESE una restricción de cesión de 384,83 m2 a concretarse en futuras subdivisiones, que el propietario deberá ceder a la Municipalidad de Esperanza, de los cuales 263,25 m2 corresponden a espacios verdes y libres públicos y a reserva para localización de equipamientos comunitarios de uso público y 121,58 m2 a reserva para localización de equipamiento comunitario e industrial, en cumplimiento del inciso e) del punto 3.5. de la Ordenanza 2916/92. Dicha restricción deberá constar por nota aclaratoria en el plano de mensura mencionado en el Art. 1), cuya visación previa se tramita.

ARTICULO 5º: Art. 5).- Se aclara que el "Plano de Mensura y Subdivisión" será visado cuando se hayan cumplimentado la totalidad de los requisitos estipulados en la Ordenanza Nº 2916/92.

ARTICULO 6º: Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

FIRMANTES :

ANDREOLI JOSE CARLOS ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 20 de Diciembre de 2007


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