Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3518

Aporte No Reintegrable para Compra de lotes para construcción de viviendas.-

ARTICULO 1º: Art. 1).- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar ante el Superior Gobierno de la Provincia, en el marco de la Ley Nº 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, el aporte de fondos no reintegrables para la realización del proyecto: "Compra de lotes para construcción de viviendas" Art. 4.- inc. b).

ARTICULO 2º: Art. 2).-FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir el convenio con el Superior Gobierno de la Provincia para el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el Art. 1), y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.

ARTICULO 3º: Art. 3).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

FIRMANTES :

ANDREOLI JOSE CARLOS ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 8 de Mayo de 2008


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