
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3518
Aporte No Reintegrable para Compra de lotes para construcción de viviendas.-
ARTICULO 1º: Art. 1).- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar ante el Superior Gobierno de la Provincia, en el marco de la Ley Nº 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, el aporte de fondos no reintegrables para la realización del proyecto:
"Compra de lotes para construcción de viviendas" Art. 4.- inc. b).
ARTICULO 2º: Art. 2).-FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir el convenio con el Superior Gobierno de la Provincia para el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el Art. 1), y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo autorízase la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.
ARTICULO 3º: Art. 3).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :