Ordenanza Nº 2766
Modifica ORDENANZA Nº 2714/88 -Multas por infracciones-
VISTO :
 La Ordenanza Nº 2714/88, y
CONSIDERANDO :
 Que dicha norma legal establece en su Art. 2) inc. a) la unidad U.F., equivalente a 10 litros de gas-oil, para las multas por infracciones que se cometieren en el ejido municipal.-
 Que teniendo en cuenta el importante incremento operado en los combustibles a partir del día 10 de Julio ppdo., este Concejo entiende que los importes que tuvieren que abonar los infractores resultarían excesivamente onerosos para su capacidad de pago.-
 Que en consecuencia resulta necesario adecuar dicha Ordenanza a la situación económica actual, lo que no implica que con la misma se esté recompensando al infractor, sino que por el contrario es la única forma de que el Municipio efectivamente pueda percibir dichos montos.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-MODIFÍCASE el inciso a) del Art. 2) de la ORDENANZA Nº 2714/88 -Multas por infracciones-, el que quedará redactado de la siguiente forma: "a) Se utilizará una unidad fija que se denominará U.F. equivalente a A 400.-(AUSTRALES CUATROCIENTOS).- En lo sucesivo autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal "a actualizar dicha unidad mediante la aplicación de los índices que determina el INDEC para "el rubro "Nivel General al Consumidor", tomando como base el índice correspondiente al "mes de Agosto de 1989.-"
ARTICULO 2º: Art. 2).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Modifica a : Ordenanza Nº 2714 Artículo Nº 002
FIRMANTES :
MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 4 de Agosto de 1989