Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2855

Suspende vigencia de los Arts. 7), 14), 16), 20), 22), inc. d), 27) y 34) incs. a) y b), de la Ordenanza Nº 2824/90 -confiterias bailables-

ARTICULO 1º: Art. 1).-SUSPÉNDESE la vigencia de los Arts. 7), 14), 16), 20), 22), inc. d), 27) y 34) incs. a) y b), de la Ordenanza Nº 2824/90.-

ARTICULO 2º: Art. 2).-La suspensión dispuesta tendrá vigencia hasta cuando la Comisión de Municipalidades, proponga una solución consensuada en el tema de los horarios y estos puedan ser aplicados en el ámbito de cada jurisdicción.-

ARTICULO 3º: Art. 3).-Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal, a establecer horarios provisorios cuando hechos circunstanciales así lo aconsejen.-

ARTICULO 4º: Art. 4).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

Suspende a : Ordenanza Nº 2824 Artículo Nº 007

Suspende a : Ordenanza Nº 2824 Artículo Nº 014

Suspende a : Ordenanza Nº 2824 Artículo Nº 016

Suspende a : Ordenanza Nº 2824 Artículo Nº 020

Suspende a : Ordenanza Nº 2824 Artículo Nº 022

Suspende a : Ordenanza Nº 2824 Artículo Nº 027

Suspende a : Ordenanza Nº 2824 Artículo Nº 034

Deroga por : Ordenanza Nº 3129

FIRMANTES :

GAY HORACIO ISIDORO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 27 de Junio de 1991


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