Ordenanza Nº 2897
Agrega al Punto 3 del Art. 3) de la Ordenanza 2852/91 "Construir Multiplicando I".-
ARTICULO 1º: Art. 1).-AGREGASE, como segundo párrafo, al Punto 3 del Art. 3) de la Ordenanza 2852/91, lo siguiente: "3. Garantía del Préstamo Global para la Construcción: " El ......de Ley. "El Municipio podrá aceptar también como garantía del préstamo global, la donación a su "favor de los terrenos donde se construirán las viviendas. "La donación será previa al comienzo de cada etapa constructiva establecida por convenio y "con cargo al Municipio de ejecución de las obras previstas.-
ARTICULO 2º: Art. 2).- Comuníquese al Departamente Ejecutivo.-
FIRMANTES :
DE PACE RAFAEL ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 19 de Marzo de 1992