
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3473
Comodato de Motoniveladora.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-APRUÉBASE la formalización de un convenio entre esta Municipalidad de Esperanza y la Comuna de Pujato Norte, y la Dirección de Vialidad para obtener la cesión en comodato de un equipo de motoniveladora nuevo. Se adjunta como anexo dicho convenio de fojas 8, 9 y 10, que forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º: Art. 2).- FACÚLTASE al Sr. Intendente Municipal Rafael Antonio De Pace, DNI Nº 10.245.862, Intendente de la Municipalidad de Esperanza, para que suscriba el respectivo convenio como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo.
ARTICULO 3º: Art. 3).- APRUÉBASE la inversión que deberá realizar el municipio conforme la Ley 2756.
ARTICULO 4º: Art.4).-AUTORÍZASE a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de coparticipación que le corresponda al municipio a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del convenio.
ARTICULO 5º: Art. 5).-AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir en su caso la utilización de la referida máquina vial por el Consorcio Vial Nº 9, debiendo éste asumir los gastos correspondientes a personal, combustible, lubricantes, como así también asumir la responsabilidad total ante terceros por daños que se ocasionen como consecuencia del uso de la unidad.
ARTICULO 6º: Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :