Ordenanza Nº 2560
PRORROGA por todo el año 1985 la vigencia de la Ordenanza 2513/84.-
ARTICULO 1º: Art. 1º).-PRORROGASE por todo el año 1985 la vigencia de las Ordenanzas 2513/84.-
ARTICULO 2º: Art. 2º).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
FIRMANTES :
MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 24 de Enero de 1985