
Concejo Municipal
Resolucion Nº 734
EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA construcción de aproximadamente 155 metros de línea de baja tensión de 13,2 KV, calle 86- A. Aufranc entre 99- Sarmiento y 95- Gral. Paz
ARTICULO 1º: RESOLUCIÓN Nº 734
Art. 1).- AUTORIZASE a la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA para la ejecución de trabajos en la vía pública referidos a la construcción de aproximadamente 155 metros de línea de baja tensión de 13,2 KV, ubicada en la vereda norte de calle 86- A. Aufranc entre 99- Sarmiento y 95- Gral. Paz. Se adjunta plano de fojas 3 y 4 que forma parte de la presente.
La misma consiste en la construcción de aproximadamente 155 metros de línea de baja tensión de 13,2 KV, ubicada en la vereda norte de calle 86- A. Aufranc entre 99- Sarmiento y 95- Gral. Paz. El pasaje de aéreo a subterráneo del alimentador se llevará a cabo a través del montaje de una estructura doble de Hormigón Armado TN 253-3. La infraestructura eléctrica de media tensión existente será desmantelada, quedando solamente la columna de HºAº situada en la intersección de calle 86- A. Aufranc y 95- Gral. Paz.
ARTICULO 2º: Art. 2).- Previo al inicio de las obras deberá presentarse copia del contrato vinculante de la Empresa Provincial de la Energía con la empresa encargada de la ejecución, así como también copia de la Póliza de Responsabilidad Civil que corresponde y demás documentación, tal como lo exige el contenido de la Ordenanza Nº 3101/96.
ARTICULO 3º: Art. 3).- La obra no presenta ningún impedimento técnico para su concreción y que estos trabajos se hallan encuadrados en las prescripciones de la normativa citada en el párrafo que precede, que reglamenta las obras que afecten u ocupen la vía pública, las que estarán condicionadas al cumplimiento de las exigencias previstas por la oficina técnica competente en lo que hace a seguridad, higiene, limpieza, materiales de reposición, órdenes de la inspección, etc.
ARTICULO 4º: Art. 4).- La Empresa Provincial de la Energía será la única responsable por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).
ARTICULO 5º: Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :