Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3780

ADHESIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA a la Ley Nacional 25.415/01 y Normas Reglamentarias, declarándose por la presente de interés publico en todo el Distrito Esperanza "Programa Nacional de Dete

ARTICULO 1º: ORDENANZA Nº 3780 Art. 1).- DISPÓNESE la ADHESIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA a la Ley Nacional 25.415/01 y Normas Reglamentarias, declarándose por la presente de interés publico en todo el Distrito Esperanza "Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia".

ARTICULO 2º: Art. 2).- El Departamento Ejecutivo desarrollará todas las acciones tendientes a facilitar el conocimiento de la presente Ordenanza a efectores de salud públicos y privados, como así también a entidades que nuclean a profesionales relacionados con su puesta en practica en forma progresiva: S.A.M.Co. Esperanza, Clínicas y Sanatorios Privados, Sociedad Medica, Pediatras, Fonoaudiologos, Otorrinolaringologos, etc.

ARTICULO 3º: Art. 3).- El Departamento Ejecutivo Municipal promoverá las acciones tendientes a interiorizar a las entidades intermedias que se interesen en la prevención de la hipoacusia, para la realización de un trabajo conjunto de concientización de toda la sociedad.

ARTICULO 4º: Art. 4).- Comuniquese al Departamento Ejecutivo.

FIRMANTES :

DE PACE RAFAEL ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 7 de Noviembre de 2013


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