
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3857
Aporte No Reintegrable para Proyecto "Ampliación del Tendido de Fibra Óptica, Instalación de Cámaras de videovigilancia e Instalación de Central de Monitoreo"
ARTICULO 1º: Art. 1).-SOLICÍTASE al GOBIERNO PROVINCIAL, en el marco de la Ley Nº 12.385, su Modificatoria Ley 12.744 y sus Decretos Reglamentarios, el aporte de fondos no reintegrables para el AÑO 2014, para la realización del proyecto: "ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA AMPLIACIÓN DEL TENDIDO DE FIBRA ÓPTICA, COLOCACIÓN DE CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA E INSTALACIÓN DE CENTRAL DE MONITOREO".
ARTICULO 2º: Art. 2).-FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a gestionar los fondos necesarios y a convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial del proyecto para la construcción de obras de infraestructura de carácter comunitario que se menciona en el Art. 1) y cuya ejecución se aprueba en este acto administrativo.
ARTICULO 3º: Art. 3).-AUTORÍZASE la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º: Art. 4).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :