Ordenanza Nº 2499
DEROGA art. 2º) de la ORDENANZA Nº 2483/83
ARTICULO 1º: Art. 1º).-DEROGASE el art. 2º) de la ORDENANZA Nº 2483/83.-
ARTICULO 2º: Art. 2º).-El gasto que demande el cumplimiento de lo anterior será imputado a la respectiva Partida del Presupuesto año 1984 (Reconducido del Presupuesto Reformulado año 1983).-
ARTICULO 3º: Art. 3º).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
FIRMANTES :
MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 20 de Enero de 1984