Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2727

Transfiere en Donación Una Fracción de Terreno a favor del SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA para construcción de Jardín de Infantes.-

ARTICULO 1º: Art. 1).-TRANSFIÉRESE en DONACIÓN a favor del SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA una FRACCIÓN DE TERRENO de propiedad de la MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA, cuya ubicación, medidas, superficies y linderos se detallan: ** Fracción ubicada en la Concesión 49 Oeste, Manzana 12, Sección Oeste de Esperanza.- * SUPERFICIE: 674,96 m2.- * MEDIDAS Y LINDEROS: - Al Norte: 17,32 m., linda con inmueble propiedad del Sr. Juan C. Fladung.- - Al Sur: 17,32 m., linda con calle Pringles.- - Al Este: 38,97 m., linda con inmueble propiedad del Sr. Rodolfo José Dutruel.- - Al Oeste: 38,97 m., linda con calle Gral. Paz.- ** El inmueble corresponde a la Municipalidad de Esperanza y figura inscripto en el Registro Gral. de la Propiedad bajo el Nº 35451, Folio 650, Tomo 203 Impar desde el 14-05-80.-

ARTICULO 2º: Art. 2).- La mencionada transferencia se efectúa con el cargo de que en el plazo de 3 años a contar de la fecha de la publicación de la presente Ordenanza, se construya el edificio donde funcionará un Jardín de Infantes.-

ARTICULO 3º: Art. 3).- OTÓRGASE al SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA, inmediata posesión del solar donado, con amplias facultades de utilización, nuevas transferencias y todo otro acto que resulte conducente a los fines ya expresados.-

ARTICULO 4º: Art. 4).- Autorízase al titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad a suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio a favor del Superior Gobierno de la Provincia o a quien éste determine.-

ARTICULO 5º: Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

FIRMANTES :

MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 25 de Julio de 1988


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