
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 2727
Transfiere en Donación Una Fracción de Terreno a favor del SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA para construcción de Jardín de Infantes.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-TRANSFIÉRESE en DONACIÓN a favor del SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA una FRACCIÓN DE TERRENO de propiedad de la MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA, cuya ubicación, medidas, superficies y linderos se detallan:
** Fracción ubicada en la Concesión 49 Oeste, Manzana 12, Sección Oeste de Esperanza.-
* SUPERFICIE: 674,96 m2.-
* MEDIDAS Y LINDEROS:
- Al Norte: 17,32 m., linda con inmueble propiedad del Sr. Juan C. Fladung.-
- Al Sur: 17,32 m., linda con calle Pringles.-
- Al Este: 38,97 m., linda con inmueble propiedad del Sr. Rodolfo José Dutruel.-
- Al Oeste: 38,97 m., linda con calle Gral. Paz.-
** El inmueble corresponde a la Municipalidad de Esperanza y figura inscripto en el Registro Gral. de la Propiedad bajo el Nº 35451, Folio 650, Tomo 203 Impar desde el 14-05-80.-
ARTICULO 2º: Art. 2).- La mencionada transferencia se efectúa con el cargo de que en el plazo de 3 años a contar de la fecha de la publicación de la presente Ordenanza, se construya el edificio donde funcionará un Jardín de Infantes.-
ARTICULO 3º: Art. 3).- OTÓRGASE al SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA, inmediata posesión del solar donado, con amplias facultades de utilización, nuevas transferencias y todo otro acto que resulte conducente a los fines ya expresados.-
ARTICULO 4º: Art. 4).- Autorízase al titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad a suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio a favor del Superior Gobierno de la Provincia o a quien éste determine.-
ARTICULO 5º: Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
FIRMANTES :