Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2992

Autoriza el pago de deudas en concepto de Obras Públicas o Tasa Municipal, mediante Bonos denominados "BOCÓN".-

ARTICULO 1º: Art. 1).-DISPÓNESE que los beneficiarios de Regímenes Jubilatorios a quienes el Gobierno Nacional les haya abonado la Deuda Previsional, mediante los Bonos denominados "BOCÓN", podrán cancelar con estos a su valor NOMINAL, las deudas que mantengan con el Municipio sea en concepto de Obras Públicas o Tasa Municipal relacionadas con el inmueble cuya titularidad acrediten exclusivamente a su nombre y que efectivamente habitan.-

ARTICULO 2º: Art. 2).- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente Ordenanza.-

ARTICULO 3º: Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

ESPERANZA, 19 de Octubre de 1993


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