
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3265
Acepta Cesión, como Dación en Pago, de Terrenos ofrecida por . GUILLERMO GERARDO EDUARDO TORRES RÍOS y HÉCTOR WASHINTONG OLMEDO.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-ACÉPTASE la CESIÓN como DACIÓN EN PAGO, ofrecida por los Sres. GUILLERMO GERARDO EDUARDO TORRES RÍOS y HÉCTOR WASHINTONG OLMEDO de DOS (2) MANZANAS DE TERRENOS, identificadas con los números 15 y 16 de la Concesión 1 Centro. Estas fracciones tienen las siguientes medidas, superficies y linderos:
Manzana 15:
Norte: 81,40 m., lindando con calle 8- Pilar
Sur: 81,40 m., lindando con calle 10- Nuevo Torino
Este: 77,074 m., lindando con calle 103- Belgrano
Oeste: 77,074 m., lindando con calle 101- Simón de Iriondo
Manzana 16:
Norte: 62,80 m., lindando con calle 8- Pilar
Sur: 62,80 m., lindando con calle 10- Nuevo Torino
Este: 77,074 m., lindando con calle 105- Rivadavia
Oeste: 77,074 m., lindando con calle 103- Belgrano
ARTICULO 2º: Art. 2).-La DACIÓN EN PAGO que se formaliza por la presente, se aplicará a la CANCELACIÓN de las siguientes DEUDAS:
a) Tasa Gral. de Inmuebles, Riego o Barrido y Mantenimiento del Alumbrado público (Cuentas Nros. 13.864 y 13.864).
b) Obra Ensanche Camino al Cementerio, Cuotas 1 a 3, Cuentas 13.864 y 13.865.
ARTICULO 3º: Art. 3).-Los gastos y honorarios correspondientes a la cancelación del juicio "MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA c/ OLMEDO, Héctor y TORRES RÍOS, Guillermo s/ Demanda de Apremio- Expte. 1336/ Año 1996", como así también la posterior escrituración de los inmuebles a favor del Municipio, correrán por cuenta de la Municipalidad de Esperanza.
ARTICULO 4º: Art. 4).-El Departamento Ejecutivo ordenará por donde corresponda el movimiento de fondos, a fin de dar ingreso a las sumas resultantes, a las respectivas partidas.
ARTICULO 5º: Art. 5).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :