Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2756

Modifica Art.50) de la Ordenanza Tributaria Nº 2742/89

ARTICULO 1º: Art. 1).-MODIFICASE el artículo 50) -última parte- de la ORDENANZA TRIBUTARIA Nº 2742/89, el que quedará de la siguiente manera: "Art. 50).- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a reajustar todos los montos que se establecen en la presente Ordenanza, mediante la aplicación mensual de los "índices que determina el INDEC para el rubro "Nivel General del Consumidor", tomando "como base el índice correspondiente al mes de Noviembre de 1988 y al del primer mes "anterior en que corresponda el reajuste.- En el caso de la Tasa General de Inmuebles, Riego "o Barrido y Mantenimiento de Alumbrado Público, se explicará el reajuste tomando los i"ncrementos operados en el índice ya citado durante el anteúltimo mes al del vencimiento.-"

ARTICULO 2º: Art. 2).- La presente medida tendrá vigencia para la Tasa correspondiente al mes de Mayo, cuyo vencimiento operará el 10-06-89, dejándose establecido que en este caso el Departamento Ejecutivo calculará los valores aplicando los índices correspondientes a los meses de Marzo y Abril.-

ARTICULO 3º: Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

Modifica a : Ordenanza Nº 2742 Artículo Nº 050

Deroga por : Ordenanza Nº 2763

FIRMANTES :

MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 29 de Mayo de 1989


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