
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3394
Modifica el Art. 11) de la Ordenanza Nº 2423/82 Ref. Restricción circulación vehiculos con elementos sonoros.-
ARTICULO 1º: Art. 1).-MODIFÍCASE el Art. 11) de la Ordenanza Nº 2423/82, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Art. 11).-Los vehículos con elementos sonoros podrán realizar sus propalaciones en las "calles de la ciudad de Esperanza, con excepción de aquéllas que rodean las "escuelas y centros de salud, tanto estatales como privados, en el siguiente horario:
Desde octubre a marzo:
lunes a sábado de 8 a 12 y de 16 a 20.
Domingos y feriados: de 10 a 12 y de 16 a 20.
Desde abril a septiembre:
lunes a sábado: de 9 a 12 y de 15 a 19.
Domingos y feriados: de 10 a 12 y de 15 a 19.
ARTICULO 2º: Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :