
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 2512
Dispone Incremento de la TASA GRAL. DE INMUEBLES para el primer bimestre 1984
ARTICULO 1º: Art. 1º).-DISPONESE para el PRIMER BIMESTRE de 1984 -meses de enero y febrero- un incremento del 110 % para la TASA GRAL. DE INMUEBLES, RIEGO O BARRIDO Y ALUMBRADO PUBLICO, Y DE LA TASA POR USO DE CANAL DE DESAGÜE, derechos que le corresponde percibir a la Municipalidad conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Tributaria vigente, dicho porcentaje se calculará sobre los montos facturados por el cuarto trimestre de 1983.-
ARTICULO 2º: Art. 2º).-Los ingresos que se produzcan con motivo de la aplicación de esta Ordenanza se acreditarán a las partidas específicas del Cálculo de Recursos del Presupuesto 1984-Reconducido por Ordenanza 2495 del Reformulado 1983.-
ARTICULO 3º: Art. 3º).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
FIRMANTES :