Ordenanza Nº 3734
Ord. celíacos - Adhesion a la Ley Provincial Nº 13.190- Celíacos
ARTICULO 1º: ORDENANZA Nº 3734 Art. 1).- ADHIÉRESE la Municipalidad de Esperanza, a la Ley Provincial Nº 13.190/2011 en todos sus términos.
ARTICULO 2º: Art. 2).- Con intervención de la Subsecretaría de Promoción Social del Municipio, dispónese el empadronamiento de todas las personas con celiaquía en la ciudad de Esperanza, a los efectos de trazar las políticas de salud adecuadas.
ARTICULO 3º: Art. 3).- LLÉVESE adelante una amplia campaña de difusión de la Ley Nº 13.190 y de la adhesión de la Municipalidad de Esperanza a la misma.
ARTICULO 4º: Art. 4).- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar la aplicación concreta de la presente Ordenanza.
ARTICULO 5º: Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :
DE PACE RAFAEL ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 22 de Noviembre de 2012