Concejo Municipal

Ordenanza Nº 2785

Transfiere tres fracciones de terreno en Donación a favor de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

ARTICULO 1º: Art. 1).-TRANSFIÉRESE en DONACIÓN a favor de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO, tres fracciones de terreno de propiedad de la Municipalidad de Esperanza, cuya ubicación, medidas, superficies y linderos se detallan: * Fracciones designadas como lotes 1, 2 y 3 de la Manzana 12, Concesión 51 Este de Esperanza, en el plano de mensura confeccionado por el Agr. Néstor Portmann registrado bajo el Nº 89.807.- * SUPERFICIE: Lote 1: 305,20 m2. Lote 2: 305,20 m2. Lote 3: 1524,74 m2. * MEDIDAS Y LINDEROS: Los lotes 1, 2 y 3 miden en conjunto: 76,15 m. de frente al Norte sobre calle Nº 116 López y Planes, 28 m. de frente al Este sobre calle Nº 125 Rafaela, 28 m. de frente al Oeste sobre calle 123 Ing. Gadda y 76,36 m. en su lado Sur donde linda con propiedad de José Calcagni.- Los inmuebles corresponden a la Municipalidad de Esperanza y figuran inscriptos en el Registro General de la Propiedad bajo el Nº 107.211, Folio 1911, Tomo 200 Impar del 01-11-1979 el lote 3 y bajo el Nº 72.685, Folio 2121, Tomo 214 Impar del 26-08-1982, los lotes 1 y 2.-

ARTICULO 2º: Art. 2).-OTORGASE a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO inmediata posesión del inmueble donado, con amplias facultades de utilización y todo otro acto que resulte conducente a los fines expresados, con la condición de que en el mismo se deberá construir en el plazo de dos años un Plan de Viviendas en forma conjunta con la Municipalidad de Esperanza.- En el caso de que la donataria no cumpla con el cargo expresado en este artículo, la presente donación quedará sin efecto.-

ARTICULO 3º: Art. 3).-AUTORÍZASE al titular del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Esperanza, a suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio a favor de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo o a quien esta determine.-

ARTICULO 4º: Art. 4).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

Deroga por : Ordenanza Nº 3308

FIRMANTES :

MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 18 de Diciembre de 1989


Volver al Inicio