Ordenanza Nº 3457
Modifica Art. 2) de la Ordenanza N° 3070/95 Ref. Transferencia de Terreno al Superior Gobierno de la Provincia.-
ARTICULO 1º: Art. 1).- MODIFÍCASE el Art. 2) de la Ordenanza N° 3070/95, texto modificado por Ordenanza N° 3174/97 y Ordenanza N° 3331/02, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 2).- La mencionada transferencia se efectúa con el cargo de que el Superior Gobierno de la Provincia, a través de sus organismos competentes, disponga la "construcción del edificio donde funcionará el Jardín de Infantes Nucleado N° 98 "Dr. Esteban L. Maradona" de Esperanza, Santa Fe, en un plazo no mayor de 3 años a contar de la promulgación de esta norma legal".
ARTICULO 2º:
ARTICULO 3º: Art. 3).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Modifica a : Ordenanza Nº 3070 Artículo Nº 002
FIRMANTES :
ANDREOLI JOSE CARLOS ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 4 de Mayo de 2006