Ordenanza Nº 3822
Marco Referencial de Urbanizaciones y Loteos, dentro del Plan Urbano Esperanza Sustentable,
ARTICULO 1º: ORDENANZA Nº 3822 Art. 1).- DISPÓNESE la INSTAURACIÓN de un Marco Referencial de Urbanizaciones y Loteos, dentro del Plan Urbano Esperanza Sustentable, donde se determinan los territorios pasibles de subdivisión previa solicitud de autorización para urbanizar por parte del propietario, el cual consta de la siguiente demarcación: 2- Paso Vinal entre 97- Moreno y 105- Rivadavia, 105- Rivadavia entre 2- Paso Vinal y 72- Alem, 72- Alem entre 105- Rivadavia y 173- Polter, 173- Polter entre 72- Alem y 78- Rio Negro, 78- Rio Negro entre 173- Polter y 189- Perret, 189- Perret entre 78- Rio Negro y 86- Brigadier López, 86- Brigadier López entre 189- Perret y 173- Polter, 173-Polter entre 86- Brigadier López y 100- Avda. Argentina, 100- Avda. Argentina entre 173- Polter y 161- Bottai, 161- Bottai entre 100-Avda. Argentina y 114- España, 114- España entre 161- Bottai y 129- Vélez Sarsfield, 129- Vélez Sarsfield entre 114- España y 132- De Las Naciones, 132- De Las Naciones entre 129- Vélez Sarsfield y 125- Rafaela, 125- Rafaela entre132- De Las Naciones y 142- 27 de Febrero, 142- 27 de Febrero entre 125- Rafaela y 105- Chaco, 105- Chaco entre 142- 27 de Febrero y 156- Montalbetti, 156- Montalbetti entre 105- Chaco y 97- Santa Fe, 97- Santa Fe entre 156- Montalbetti y 158- Formosa, 158- Formosa entre 97- Santa Fe y 85- Jujuy, 85- Jujuy entre 158- Formosa y 128-Soler, 128-Soler entre 85- Janssen y 69- Saavedra Lamas, 69- Saavedra Lamas entre 128-Soler y 92- Pueyrredón, 92- Pueyrredón entre 69- Saavedra Lamas y 61- Maurer, 61- Maurer entre 92- Pueyrredón y 90- Donnet, 90- Donnet entre 61- Maurer y 51- Jacob, 51- Jacob entre 90- Donnet y 86- R. P. L. Kreder, 86- R. P. L. Kreder entre 51- Jacob y 39- Heer, 39- Heer entre 86- R. P. L. Kreder y 84- Meiners, 84- Meiners entre 39- Heer y 73- Hohenfels, 73- Hohenfels entre 84- Meiners y 80- Almafuerte, 80- Almafuerte entre73- Hohenfels y 83- Estrada, 83- Estrada entre 80- Almafuerte y 58- Bosch, 58- Bosch entre 83- Estrada y 97- Moreno, 97- Moreno entre 58- Bosch y 2- Paso Vinal. Se adjunta como Anexo I croquis, que forma parte de la presente.
ARTICULO 2º: Art. 2).- Los macizos comprendidos dentro del Marco establecido en el Art. 1).-se podrán urbanizar y/o lotear siempre que se ubiquen en Distritos donde las Ordenanzas de uso de suelo vigentes permiten la subdivisión, los que deberán cumplimentar con todos los requisitos exigidos por las mismas, como así también las disposiciones provinciales que rigen para cada uno de ellos.
ARTICULO 3º: Art. 3).- Si el macizo se ubica comprendido dentro del Marco establecido en el Art. 1).-,sobre Distritos donde las Ordenanzas de uso de suelo vigentes permiten la subdivisión, pero el loteador ha solicitado la modificación del Distrito, quedarán sujetos a estudio del Plan Urbano, Planeamiento y posterior aprobación del Concejo Municipal.
ARTICULO 4º: Art. 4).- Los terrenos que se ubican en Distritos (reservas y áreas complementarias) donde las Ordenanzas de uso de suelo vigentes no permiten la subdivisión, quedarán sujetos a estudio del Plan Urbano, Planeamiento y requisitos a exigir en la presentación de expedientes para subdivisión de la tierra.
ARTICULO 5º: Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Modifica por : Ordenanza Nº 3945
FIRMANTES :
CAMMISI CRISTIAN RICARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 28 de Julio de 2014