Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3013

Modifica el Art. 12) de la Ordenanza Nº 2715/88 Ref.C.M.P.S.

ARTICULO 1º: Art. 1).-MODIFÍCASE el Art. 12) de la Ordenanza Nº 2715/88 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 12).-Con los fondos y rentas que se obtengan, se atenderán exclusivamente los pagos de jubilaciones, pensiones, gastos de personal, y demás beneficios que se otorguen y los gastos de administración, que no podrán exceder del 2 % de los recursos ordinarios de la Caja.- "Facúltase al Directorio de la Caja Municipal de Previsión Social cuando los fondos de las mencionada entidad lo permitan, y en las circunstancias que el mismo evalúe factibles, a otorgar beneficios bajo la denominación de bonificación especial u otros a especificar, a los beneficiarios de la misma".-

ARTICULO 2º: Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

Modifica a : Ordenanza Nº 2715 Artículo Nº 012

Deroga por : Ordenanza Nº 3833

FIRMANTES :

DE PACE RAFAEL ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 24 de Febrero de 1994


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